Absuelven a una mujer de dar un ladrillazo al ex compañero de su hija
Una mujer ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Málaga de lanzar un ladrillo que impactó en la cabeza del excompañero de su hija porque no ha quedado acreditado que ella lo arrojase en el transcurso de una pelea en la que hubo más implicados.
La Audiencia ha rechazado el recurso de apelación presentado por un condenado, con lo que confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga que absuelve a Y.G.G. de un delito de lesiones.
No obstante, la procesada es condenada por una falta contra las personas a una multa de 360 euros, y el recurrente, J.J.J.G., a una sanción similar y a que indemnice a uno de los lesionados en la pelea en 480 euros por las lesiones sufridas.
La sentencia del juzgado confirmada ahora considera probado que la medianoche del 14 de junio de 2004, la acusada, Y.G.G., recibió una llamada de su hija en la que le comunicaba que su excompañero se encontraba en su domicilio con intención de agredirla, pese a tener una orden de alejamiento.
En el lugar de los hechos, la procesada se encontró con una pelea en la que una de las personas implicadas lanzó un ladrillo que impactó en la cabeza de la expareja de su hija, lo que le ocasionó lesiones de las que tardó en curar sesenta días, aunque no se ha acreditado que lo lanzara ella.
En el desarrollo de la pelea se personaron siete personas además de la acusada, y tres sufrieron lesiones.
Ahora que no se construye mejor lanzar ladrillos.