La Ley de Igualdad de Trato eliminará subvenciones a colegios que separen por sexo a sus alumnos
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión al Parlamento del proyecto de Ley de Igualdad de Trato, que permitirá eliminar los conciertos educativos a los centros que separen por sexo a sus alumnos ya que, según ha explicado la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, el Consejo de Estado “lo ha avalado”. Según ha señalado en rueda de prensa, “la ley ha propuesto no subvencionar con concierto” a los centros de educación diferenciada y el Consejo de Estado, en un informe aprobado este jueves en pleno, “avala la tesis del Gobierno”.
“No se trata de desaparecer, sino de no financiar ese tipo de colegios”, ha añadido, para explicar que el informe del Consejo de Estado “dice claramente que en ningún caso vulnera el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa ni moral conforme sus convicciones y en ningún caso vulnera la libertad de educación”.
“Es cierto que dice que esta realidad debe reflejarse en las leyes educativas, pero de forma clara y rotunda dice que no vulnera los derechos de los ciudadanos y de sus padres a la libre educación”, ha reiterado Pajín, tras explicar que el órgano consultivo considera que tampoco se vulnera la libertad de creación de centros docentes ya que, al margen de la financiación pública, el modelo de educación diferenciada se puede seguir aplicando.
Además de introducir esta medida sobre los conciertos educativos, el proyecto recoge la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada el pasado 1 de marzo sobre los seguros, estableciendo que “en ningún caso el sexo podrá constituir un factor que determine diferencia de trato en las primas y prestaciones de las personas aseguradas”, según ha informado el Ministerio de Sanidad.
UNA LEY QUE “CIERRA UN CICLO”
Pajín, que ha comparecido en rueda de prensa junto al vicepresidente Primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha destacado que el proyecto, cuyo borrador fue aprobado el pasado 7 de enero, cuenta con un “amplio consenso social” ya que ha sido informado por “todos los agentes sociales de este país” y “todos sus comentarios” han sido incorporados.
Por su parte, Rubalcaba ha puesto el acento en que se trata de una iniciativa que “cierra un ciclo de proyectos de ley que han venido aprobándose para estimular la igualdad en España” y ha destacado que su elaboración figuraba en el programa electoral del PSOE y por ello, ha sido “una prioridad de Gobierno” que ha involucrado a todos sus departamentos.
La ministra ha expresado su deseo de este respaldo “tenga también su traslado al consenso parlamentario” porque, según ha dicho, se trata de “una ley necesaria que aspira a mejorar la integración y la convivencia basada en la igualdad”, que “va a identificar mucho mejor las formas de discriminación” y a “reforzar la cobertura legal de quien la sufra”. “No crea nuevos derechos, extiende los derechos y los garantiza”, ha añadido.
Pajín, quien ha agradecido su labor a la actual secretaria de Estado de Igualdad, Bibiana Aído, porque impulsó la creación de esta norma cuando estuvo al frente del Ministerio de Igualdad, ha destacado cuatro aspectos del proyecto: su carácter “integral”, que se trata de una “ley marco básica”, que supone una “apuesta por la convivencia” y que es una norma “de garantías”.
El texto recoge como causas de discriminación el nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, añadiendo así a los principios recogidos en la Constitución Española la discriminación por motivo de identidad sexual y la que se produce por motivo de enfermedad.
Asimismo, acota las definiciones de discriminación directa, indirecta y medidas de acción positiva, e incorpora al ordenamiento jurídico las definiciones de discriminación por asociación y discriminación por error, discriminación múltiple, acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción de discriminar, represalia.
No obstante, introduce una cláusula de salvaguardia para aquellas diferencias “objetivas, legítimas y adecuadas derivadas de disposición, acto, criterio o práctica”, que se ha denominado “diferencia de trato no discriminatoria”, según ha informado el Ministerio de Sanidad.
AUTORIDAD NACIONAL Y DEFENSOR DEL PUEBLO
Otra de las novedades que contempla el proyecto es la creación de una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, que será un organismo unipersonal e independiente que podrá investigar de oficio y prestar asistencia a afectados, entre otras funciones.
El ministerio ha señalado que el Consejo de Estado ha respaldado esta propuesta por considerar que es “coherente” con las directivas europeas y su existencia “es compatible con la existencia del Defensor del Pueblo” en España.
En cuanto al régimen sancionador con el que cuenta la norma, las infracciones se califican como leves, graves o muy graves y, además de multas, se establece una previsión de sanciones accesorias y sustitutorias. En función de la gravedad, estas multas pueden ir desde los 300 euros en casos leves hasta un máximo de 40.000 en los graves y de 500.000 en los supuestos muy graves. Además, se añade un artículo que recoge la prescripción de infracciones y sanciones.