En torno a la eutanasia
No es un tema fácil el de la eutanasia. En primer lugar, por la imprecisión con que se habla de ella, hasta el punto de que cuando se hace referencia a la misma no acaba de entenderse de qué se trata, y en segundo lugar, porque la eutanasia, pues las hay muy distintas y de calificación moral diversa, dan origen a problemas muy complejos y de índole diferente.
Es preciso, por lo tanto, deslindar los conceptos antes de entrar en materia, y proceder a una explicación clarificadora, comenzando por la cuestión básica de si correlativamente al derecho a vivir, que conlleva un deber de conservar la vida, existe, junto al deber de morir, un derecho a morir, o sea, un derecho a quitarse la vida, bien por sí mismo o pidiendo, con la ayuda de otro, que se la quite.
Ya Juan Pablo II reconocía la complejidad del tema de la eutanasia, por razón de la diversidad de conceptos y significados que se le atribuyen.
De aquí que lo primero que el Papa exige para “tratar de manera adecuada el problema de la eutanasia (es) ante todo precisar el vocabulario”.
De aquí que comencemos por preguntarnos si el deber de morir hay que matizarlo, diciendo que es un deber de morir con dignidad.Pero ¿en qué consiste morir con dignidad?: ¿en morir naturalmente?; ¿en morir sin dolor, siendo despojados dulcemente de la vida?; ¿ hay, en nombre de un llamado derecho sobre la vida, un derecho a matarse (suicidio) o, como señalábamos en otro lugar un “derecho a matar, tanto en el supuesto de vida declinante y sufriente, como la de los moribundos, para suprimir un dolor insoportable (eutanasia), como en los de vida depauperada y sin sentido, de los muertos espirituales o de vidas inútiles y sin valor (simple técnica de la muerte sin sufrimiento), con independencia de que tenga o no dolores espantosos aquel al que se mata?
Dejando a un lado las dos manifestaciones del llamado derecho sobre la vida, el suicidio y la pura instrumentación para privar de la vida sin dolor, nos vamos a fijar de modo exclusivo en la eutanasia. En ella esa instrumentación -como hemos dicho- tiene como finalidad, y por motivos piadosos, la muerte de alguien para evitarle dolores que se consideran insufribles por el que los padece, estimando “que la existencia carece ya de sentido por estar sumergida en el dolor e inexorablemente condenada a un sufrimiento posterior más agudo”.
A tal fin, conviene contemplar la eutanasia occisiva, que va encaminada -por compasión- a matar adrede, y la eutanasia lenitiva, en la que ni por la naturaleza del instrumento, ni por la intención del que la practica, se pretende matar.
A su vez, la eutanasia occisiva puede llevarse a cabo por acción o por omisión. En ambos casos, y desde el punto de vista del Derecho penal, puede decirse que estamos -ya que se exige la petición del paciente que sufre- ante un suicidio con asistencia y colaboración de otro, o ante un homicidio con el consentimiento del que quiere morir.
La eutanasia occisiva es activa cuando para lograr una muerte indolora se utilizan narcóticos, drogas o analgésicos que han de ocasionarla. La eutanasia occisiva de carácter pasivo tiene lugar cuando al paciente se le retiran los medios (aparatos o medicinas) que manteniendo de ordinario sus constantes vitales, aseguran o garantizan la recuperación del que sufre.
En ambos casos la práctica de la eutanasia es tanto como adueñarse de la muerte, produciéndola de modo anticipado al “disponer directamente de la vida”.
La eutanasia lenitiva se diferencia profundamente de la occisiva. Y así como ésta es inadmisible moralmente, aquella es lícita, en virtud del principio que se conoce como causabilidad de doble efecto. En la eutanasia lenitiva no hay intención de producir la muerte, sino de mitigar los sufrimientos, aunque como efecto secundario de esa mitigación la muerte se produzca.
A este tipo de eutanasia se refirió Pío XII al señalar que “si la administración de narcóticos produjere por sí misma dos efectos diferentes: por una parte el alivio de los dolores, y, por otra, la abreviación de la vida, entonces (la eutanasia) es lícita”. Prolongar la agonía no es moralmente admisible.
Para aclarar mejor, si es posible, cuanto en principio se considera como eutanasia, conviene señalar que no estamos en presencia de la misma cuando se omiten, o, ya aplicados, se retiran medios extraordinarios o desproporcionados que sólo sirven para prolongar la vida vegetativa de un paciente incurable, con un proceso patológico irreversible prolongándole la agonía, con un ensañamiento terapeútico.Como escribía Rafael C. Estremera: “nadie está obligado a vegetar conectado a unos artilugios que mantienen las funciones vitales que el cuerpo se niega a desarrollar (y) cuando los daños del organismo son tales que hacen imposible una recuperación (de tal modo) que por sí mismo no podrá sobrevivir.
En este caso, repito, no se da una eutanasia sino una paraeutanasia u ortotanasia, que no sólo es lícita, sino que pudiendo convertirse en un ensañamiento terapeútico, puede ser una obligación moral. En este sentido, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, en su Declaración de 5 de mayo de 1980, se pronunció así: “es lícito en conciencia tomar una decisión de renunciar a unos tratamientos que producirían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia (máxime cuando a veces) las técnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y molestias mayores que los beneficios que se puedan obtener de los mismos”.
Por su parte, Juan Pablo II , en Evangelium vitae de 25 de marzo de 1995 (nº 65) alude a “ciertas intervenciones médicas ya no adecuadas a la situación real del enfermo, por ser desproporcionadas a los resultados que se podían esperar, o bien por ser demasiado gravosas para él o su familia.
En estas situaciones, cuando la muerte se prevé inminente e inevitable, se puede en conciencia renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir sin embargo las curas normales debidas al enfermo en casos similares”.
Sentado esto, y sabiendo que la muerte clínica se produce cuando cesa la actividad bioeléctrica del cerebro, revelándolo así el encefalograma, y sabiendo también que subsiste o puede subsistir por medios artificiales la vida independiente de algunos órganos, como el corazón, el hígado o los riñones, es lícito mantener estos órganos con vida para los trasplantes, hoy tan en boga. La subsistencia artificial de estos órganos no plantea ninguna cuestión moral, toda vez que aquel a quien pertenecían y ha muerto, ha dejado de ser un hombre, sujeto de actividad y receptividad.
Conviene transcribir, cuando se legaliza, se pretende legalizar, y de hecho ya se practica entre nosotros, lo que han de tener presente los electores y legisladores católicos, lo que podemos leer en los números 72 y 73 de la encíclica Evangelium vitae: “las leyes que autorizan el aborto y la eutanasia están privadas totalmente de auténtica validez jurídica, dejando de ser moralmente vinculantes (y) no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia (no siendo lícito) nunca someterse a ellas, ni participar (como ya se dijo por la Congregación de la Doctrina de la Fe, el 18-11-1974 con respecto al aborto), ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto”.
“Se podría objetar, y este no es el caso de la eutanasia, cuando es pedida por el sujeto interesado con plena conciencia. Pero un Estado que legitimase una petición de este tipo y autorizase a llevarla a cabo, estaría legalizando un caso de suicidio-homicidio”.
Sr Piñar, gran artículo. Todavía recuerdo su intervención en la investidura de Calvo Sotelo. Cuando se escucha, después de años, y se cierran los ojos mientras se escucha, se contempla el escenario actual. Sin embargo, la calidad de los oradores de hoy, no tienen comparación con los oradores de aquella época. Desde aquí, me gustaría apostar por una consideración, si vd ,me permite. El ser humano tiene un compromiso y una responsabilidad profunda para con el Padre, (Dios). Y de forma muy habitual, en muchos casos, se ha olvidado este concepto y se ha intercambiado por aquél “derecho universal de… Leer más »
Buen artículo, a nivel intelectual y moral. Alejado de la vacuidad de las tertulias de los medios de desinformación (con toda la intención de generar corrientes de opinión, y arrimar el ascua a la sardina que conviene al sistema). Gracias. El día que usted falte y ojalá pasen muchísimos años los españoles de bien deberiamos hacerle un homenaje, acorde a lo que usted se merece, por la lucha desigual que emprendió desde tiempos ya muy pasados, con el fin de mejorar, a los que nos sentimos españoles, nuestra vida y dignidad.
Impecable su artículo don Blas. En cuantas lecciones impartidas por usted me he tenido que apoyar, para entender el proceder de la sociedad española, ciertos acontecimientos de la historia reciente de España, y los comportamientos de los políticos que nos malgobiernan. Cuando escuchaba sus conferencias y discursos y leo y releo sus artículos, me doy cuenta del daño que los medios del Sistema y la casta que lo sostiene, han hecho a España y a todos los españoles silenciando sistemáticamente a un intelectual y erudito como usted. Porque, se podrá estar a favor o en contra de unas ideas, pero… Leer más »
MUY BIEN, DON BLAS, COMO SIEMPRE