20 N, Día Internacio?nal de los Derechos de la Infancia
Este próximo miércoles, el “20 N” – ¡Será casualidad!- se conmemorará el “Día Internacional de los Derechos del Niño”, también de la niña, además del aniversario de la muerte del anarquista Buenaventura Durruti, de José Antonio Primo de Rivera, del General Franco, y de muchos más personas “anónimas”.
Inmersos como estamos en múltiples vorágines (Vorágine: Remolino impetuoso, aglomeración o encadenamiento de personas, sucesos o cosas que se amontonan confusamente…) A pesar de la “vorágine de la excarcelación masiva de etarras debido a la suspensión de la denominada doctrina Parot”, a pesar de la “vorágine de las acometidas del separatismo catalán”, a pesar de la “vorágine de la maldita crisis”, a pesar de los pesares, seremos muchos -padres, madres separados no custodios, abuelos, abuelas, familias extensas de padres y madres divorciados…- quienes sigamos procurando que no pase desapercibido que ser padre y madre representan una enorme responsabilidad; y seremos muchos los que no olvidaremos que nuestros hijos al venir a este mundo han adquirido una serie de derechos respecto de nosotros, sus progenitores.
Puesto que sería enormemente extenso exponer de forma minuciosa el contenido de cada uno de estos “derechos”, dado el poco espacio disponible, y para no cansar a mis “lectores”, voy a centrarme en lo que se refiere a poseer unos padres suficientemente adultos que sean capaces de conducirlos hasta la edad adulta: No podemos olvidar que cuando un niño nace es un ser frágil, vulnerable; lo será durante toda su infancia, también durante la adolescencia, es decir aproximadamente una veintena de años. Entonces, cuando haya conseguido la madurez suficiente, cuando esté en condiciones de ser autónomo y adulto, podrá abandonar “el nido familiar”.
Mientras tanto, los hijos tienen derecho a esperar de sus padres todo lo que necesiten para ocupar su lugar en la Sociedad. Necesitan que se les eduque para que “sean ellos mismos”, sean capaces de tomar las riendas de su vida (tomar decisiones y hacerse responsable de los resultados de sus actos) y comprometerse en la Sociedad.
También necesitan ser educados para “saber vivir en grupo”, en sociedad, y sentirse a gusto en ella. Y como no, “conocer saberes” que les permitan sentirse integrados socialmente.
Como consecuencia lógica, la Sociedad y los Gobiernos, tienen una serie de obligaciones con los padres. La primera obligación debería ser ayudar a las personas a ser “padres competentes”, aptos para proporcionarle a la Sociedad mujeres y hombres verdaderamente adultos, afectivamente maduros y sólidos.
Nuestra Sociedad está realizando enormes progresos en multitud de ámbitos como la biología, la genética, los medios de comunicación, la informática, la investigación científica… Pero a la vez nuestra Sociedad cada día que pasa, está más afectada por la droga, el alcoholismo, los embarazos precoces, el aborto, el suicidio, la violencia, las diversas formas de delincuencia, la marginación social, etc.
Si hurgamos un poco, hasta llegar al origen de todos esos males, acabaremos topándonos con dos cuestiones esenciales: la familia y la educación.
Y ¿qué se hace al respecto por parte de los poderes públicos?
Cada día es más necesario facilitarles a los padres, procurarles, y sobre todo a los más jóvenes, una formación de base que les permita acompañar a sus hijos hasta la adultez. Cada día se hace más necesario prestar ayuda pública a quienes desean fundar un hogar y tener hijos, para que lo hagan en las mejores condiciones posibles.
Porque, no se olvide que, a ser padres se aprende, no es suficiente con lo que hemos recibido de nuestros progenitores.
Los poderes públicos tienen la responsabilidad de ir preparando el porvenir con la anticipación suficiente, no pueden seguir desentendiéndose como hasta ahora, desinteresándose de la familia que es la célula básica de la Sociedad. Es de extrema urgencia proporcionarles una adecuada formación a los padres para que sean educadores competentes.
Y, ¿qué decir de las rupturas matrimoniales y del divorcio?
Los niños y niñas tienen derecho a un “hogar completo” en la manera de lo posible, un lugar de amor y de estabilidad. Y si carecen de él acabarán viéndose seriamente afectados en el desarrollo de su personalidad.
Actualmente se vive una gran inquietud ante el aumento de las rupturas de pareja (en los últimos años, según las estadísticas oficiales, ha habido alrededor de 150.000 separaciones anuales) pero pese a ello los poderes públicos, por desgracia pocas medidas están tomando para poner freno al verdadero desastre que todo ello supone para los hijos.
La Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño (a la cual está adherida el Reino de España) obliga a los Estados partes a que velen por que los hijos no sean separados de sus padres contra la voluntad de éstos… También obliga a los Estados firmantes -como es el caso de España- a respetar el derecho de los niños que estén separados de uno o de ambos progenitores a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior de los menores –el tantas veces cacareado “favor filii”-.
En la misma dirección, la Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los Estados parte a poner el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbe a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.
A los efectos de garantizar y promover los derechos enunciados en la Convención que venimos mencionando, los Estados partes están obligados a prestar la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños.
Actualmente, la práctica habitual de los Juzgados españoles, de conceder custodias exclusivas, monoparentales (generalmente a las madres) está ocasionando serios perjuicios a los niños, se les está separando contra toda lógica de sus padres, se les está condenando de forma estúpida y cruel a situaciones de orfandad que a nadie beneficia.
Según parece, al entender de los jueces y fiscales, hay que ser especialmente precavido a la hora de permitir un régimen de Guarda y Custodia Compartidas, no sea que se perjudique a los menores. Este prejuicio implica, claro está, que la Custodia Compartida (según los que propagan esta falacia) teóricamente puede perjudicar a los hijos, y por supuesto hay que consentirla de manera excepcional… y además, los que la piden (se supone que quienes la piden son solamente varones) es seguro que tienen objetivos “extraños” que por supuesto nada tienen que ver con el “interés superior del menor”.
Permítaseme preguntar: ¿Hasta cuándo va a seguir practicando en los Juzgados de Familia la discriminación por razón de sexo? ¿Hasta cuándo va a seguir la perversa inercia de “lo mejor es que se quede con la madre”?
¿Por qué no se toman las mismas precauciones cuando se trata de una custodia exclusiva –y excluyente- monoparental, y materna, como sucede en la mayoría de los casos?
El primer y más elemental-fundamental derecho de un niño, no lo olvidemos (aparte del derecho a la vida) es el de tener un padre y una madre. Y la custodia monoparental exclusiva condena a los hijos a una orfandad cruel y estúpida, además de innecesaria.
Tal vez sea necesario, por enésima vez, explicar qué es la Custodia Compartida:
No es otra cosa que el que después de la ruptura de pareja, los progenitores sigan siendo socios en aquello de educar y criar a sus hijos, a pesar de no vivir juntos. ¿Esto es peligroso para los hijos? (El Tribunal Supremo ha dictaminado no hace muchas fechas que la Custodia Compartida es “lo más natural… y que habría que generalizar su aplicación para favorecer el interés superior de los menores”)
La custodia monoparental exclusiva fomenta que los niños, que se ven privados de la figura paterna o materna, por el desequilibrio que en ellos suscita sean más proclives al fracaso escolar, al coqueteo con el mundo de la droga, a la delincuencia juvenil, a abandonar el hogar, al suicidio… Se está conculcando de este modo el derecho del menor al cuidado y a la educación de ambos progenitores (y por supuesto se está impidiendo un reparto equilibrado de derechos y deberes de cada uno de ellos, madre y padre).
Como decía, dentro de unos se celebrará el “Día Internacional de los Derechos del Niño”, y los mismos voceros y aduladores, que niegan el maltrato cruel al que algunos padres y madres someten a sus hijos cuando se divorcian –con la inestimable colaboración de jueces, fiscales, abogados, psicólogos…- se acordarán de la situación de abandono, desamparo, y diversas formas de maltrato que sufren los menores de otros lugares del mundo, porque según ellos “aquí no pasa nada, vivimos en el mejor de los mundos posibles, en el país de la igualdad…”.
Se olvidarán –también un año más- de que el principal derecho de los niños, además del derecho a la vida, es el derecho a tener padre y madre; se olvidarán de que la única opción tras el divorcio –para que los menores sigan conservando a papá y mamá- es la Custodia Compartida , se olvidarán una vez más, de que la Alienación Parental -que existe pese que a algunas “asociaciones de mujeres” y el CGPJ lo nieguen- se puede evitar con la Custodia Compartida , mediante la cual los menores pueden convivir y tener contacto frecuente con ambos progenitores, evitando o haciendo más difícil que los hijos puedan ser manipulados.
No puedo acabar sin recordar que un estudio del Departament of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on child Abuse and Neglect, realizado en los EEUU el año 1996, concluyó que la ausencia o la falta de contacto frecuente con el padre pueden ocasionar en los niños graves trastornos tales como:
– 5 veces más propensión al suicidio.
– 32 veces más propensión a irse de casa.
– 20 veces más propensión a tener desórdenes de conducta.
-14 veces más propensión a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
– 9 veces más propensión a abandonar los estudios.
– 10 veces más propensos a abusar de sustancias químicas y drogas.
– 20 veces más propensos a acabar en prisión.
Es especialmente urgente poner la legislación española al día, es imprescindible reformar el derecho de familia, como se está haciendo ya en los países de nuestro entorno cultural (Francia, Suecia, Canadá, EEUU…) Para que los hijos de padres divorciados sigan viviendo en concordia, tolerancia y puedan seguir creciendo con alegría a pesar de que sus progenitores vivan separados. El único modelo es la custodia compartida, un modelo “solidario” entre ex esposos, que aún deben seguir siendo “socios parentales”. Y de paso, también, los niños aprenderán a compartir, a resolver los problemas mediante el mutuo acuerdo, de manera no violenta, a respetarse entre sexos diferentes, a ser solidarios. Merece la pena.
Está en juego, nada menos, que el porvenir de nuestra Sociedad… Esperemos que cuando se aborde en fechas próximas la reforma de la Ley de Divorcio, en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, nuestros “padres de la Patria” no lo olviden.