El Supremo respalda que Cataluña devuelva a Aragón más de 130 obras de sus iglesias
LR.- El Tribunal Supremo ha respaldado que más de 130 obras religiosas pertenecientes a la diócesis de Basbastro-Monzón, y que actualmente se encuentran en el Museo de Lérida, diocesano, puedan regresar a las parroquias de Aragón de las que salieron a finales del siglo XIX y principios del XX, para proteger esos bienes de su «deterioro y expoliación», quedando «en depósito» en la diócesis de Lérida, de la que entonces dependían esas parroquias. Una vez que, en 1955, la Santa Sede constituye la diócesis de Basbastro-Monzón es cuando empieza la disputa por esas obras; hasta que en septiembre de 2005, las autoridades eclesiásticas determinan las obras que debían regresar a sus orígenes.
Sin embargo, la Generalitat de Cataluña los catalogó como bienes del Patrimonio Cultural Catalán, con lo que se pretendía evitar que las obras regresaran a Aragón. Ello influyó en que esta última comunidad autónoma dictara varios decretos en los que se establecía que las parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón eran las titulares de los bienes. Estos decretos fueron confirmados por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y, ahora, por el Tribunal Supremo.
En cinco sentencias del Supremo, a las que ha tenido acceso LA RAZÓN, se viene a dejar claro, en primer lugar, que el Gobierno, de Aragón tiene plenas competencias para «adoptar iniciativas de recuperación y retorno del patrimonio aragonés localizado fuera de su territorio».
Además, el Alto Tribunal recuerda a la Generalitat que estas obras están en Cataluña «provisionalmente, a la espera de su devolución a las parroquias aragonesas propietarias, en virtud de lo resuelto en sede eclesiástica, que los entes eclesiásticos sujetos a la misma –en este caso, la diócesis de Lérida– deben cumplir».
Esa «provisionalidad» viene a confirmarse por la citada decisión de la Generalitat, que catalogó unos bienes que la diócesis de Lérida, «pese a que no era propietaria, sino poseedora, adscribió al Museo, es decir, bienes que deben reintegrarse a sus propietarios, por ser ésa su voluntad».
Por estos motivos, la actuación del Gobierno de Aragón se ajustó a sus competencias, ya que esos decretos –los impugnados por la Generalitat– se dictaron «sobre la base de que los bienes litigiosos se ajustan a la definición de Patrimonio Cultural Aragonés, y sobre la base de que se trata de bienes cuyo destino es que retornen a Aragón, por haberlo así acordado la autoridad esclesiástica».
De esta forma, el Supremo refuerza la postura de Aragón para reclamar la devolución de esas obras que legítimamente pertenecen a la diócesis de Barbastro.
¿Pero no son obras de España? ¿Que mas da donde estén?
ese “devuelvan” es una desinformación ya que esas obras jamás han estado en Aragón aquí lo que hay es una clara expoliación del museo diocesano de Lleida Aunque cierto también es que son obras sacras aragonesas, en mi opinión esa manera de actuar de la nueva archidiócesis Aragonesa y amparada por la episcopalia española no tiene paradigma en otras regiones y es la primera y única vez que se hace algo así han tenido que montar un museo diocesano los aragoneses de corre deprisa para albergar esas obras que hace cientos de años que los catalanes custiodamos primero que devuelvan… Leer más »
Totalmente falso. Esas obras han estado durante siglos en parroquias, monasterios y ermitas aragonesas y la mayoría de ellas fueron a parar a Cataluña durante el siglo XX.
Creo que el comentarista no se ha leido la sentencia.