El Tribunal Supremo, irritado como Montoro por “negar la malversación”
EM.- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha recibido con “irritación” las declaraciones públicas y el comportamiento posterior del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. “No hay justificación” para lo que ha hecho, explican las fuentes judiciales. “No lo entendemos. No se entiende que la semana que el tribunal alemán dice que no hay rebelión y que tiene dudas de la malversación, salga el ministro y diga que no hay malversación”.
El malestar se extiende a la Fiscalía. Fuentes del Ministerio Público califican de, “como mínimo, imprudentes” las palabras de Montoro. Las afirmaciones del ministro en El Mundo de que no se había gastado dinero público en el 1-O llegaron en plena campaña de la Fiscalía de reforzar los argumentos para que el tribunal alemán reconsidere la negativa sobre la rebelión y acceda a la entrega por malversación.
Fuentes del Alto Tribunal consideran que las palabras de Montoro podrían tener consecuencias más allá de que los procesados las hayan esgrimido ante el juez Pablo Llarena para argumentar que no cometieron malversación. Es previsible que los siguientes escritos de las defensas insistan en ese argumento.
También es posible que soliciten dejar sin efecto la actuación de la Abogacía del Estado, que se personó en la causa del Supremo y en la de Barcelona en nombre de Hacienda a petición del subsecretario del Ministerio. El jefe del subsecretario ha dicho que no ve delito.
Además, está en preparación -aunque no tenga ninguna posibilidad de ser admitida a trámite- la querella del Parlament contra el juez instructor. También allí cabría esgrimir en su contra que mantiene una malversación que el responsable del dinero niega. Forzando el razonamiento, incluso podrían plantearse las defensas una actuación contra los firmantes de los informes de la Guardia Civil, argumentando falso testimonio.
Fuentes próximas al caso añaden que cabe la posibilidad de que el ministro acabe teniendo que prestar declaración como testigo. Momentos antes de conocerse la decisión de Llarena de reclamar datos al Ministerio, los abogados de la acusación popular afirmaron que lo que había quedado claro con las últimas declaraciones era que Montoro iba a ser “el mejor testigo” de las defensas.
Horas después de que el juez urgiera a Montoro a explicarse, el Ministerio emitió una nota en la que ni rectificaba ni matizaba la tesis de que no se gastó dinero público. Pero es que además incluía dos elementos que molestaron al tribunal. Uno, que daba a entender que Llarena tenía que haber reclamado antes los datos sobre el control del dinero. Y dos, que llamaba “juzgado” al Supremo. Esa rebaja jerárquica podría no pasar de una descortesía si no fuera, explican, porque el máximo rango del tribunal español que reclama a Puigdemont es una baza frente al tribunal regional alemán. Y si fue un despiste, precisan, refleja que el Gobierno no está prestando la debida atención a un asunto que lo merece.
Fuentes judiciales y fiscales consideran que el encontronazo era “innecesario”. La comisión del delito de malversación es compatible con el hecho de que se impusieran serios controles desde Hacienda. La clave está -resaltan con ánimo conciliador desde el Supremo- en comprobar si los procesados “engañaron los sistemas de control establecidos”. Este argumento va en la línea de la rectificación suave que puso en marcha La Moncloa el pasado jueves, un día después de que Montoro descartara dar un paso en esa dirección. “Se pudo sortear el control de Hacienda”, reconoció el Ejecutivo.
Fuentes de la investigación también resaltan que puede haber malversación aunque fuera cierto que no llegara a haber un desembolso efectivo de dinero público. Explican que, según la jurisprudencia, el delito se comete una vez que se coloca al Estado en posición de deudor. Por ejemplo, con el encargo a Unipost de fabricar millones de papeletas y sobres, que realmente se fabricaron. Aunque no se llegaran a pagar, generó una deuda reclamable a la Generalitat. Una deuda por un encargo ilícito, es decir, una malversación.
Un delito reformado en 2015 para copiar el de… Alemania
Fuentes personadas en la investigación del Supremo consideran que tiene su gracia que Alemania esté dudando de si entrega a Carles Puigdemont por malversación. Porque ahí no puede haber mucha duda del paralelismo entre ambas legislaciones: el artículo 432 que lo regula en el Código Penal español se modificó en 2015 para copiar la regulación recogida en el Strafgesetzbuch, el Código Penal alemán. Así lo resaltó el propio Supremo en sus primeras sentencias aplicando la nueva redacción. Aplicando, y criticando la reforma: “Esta modificación es relevante pues, siguiendo el modelo germánico que tanto ha influido en la reciente reforma, se ha abandonado nuestra definición consolidada del delito de malversación […]. Esta modificación -que parece responder al mero mimetismo, pues es sabido que al no existir en Alemania un delito específico de malversación de caudales públicos los supuestos correspondientes se tienen que resolver mediante la aplicación del tipo de administración desleal- puede provocar problemas interpretativos”.
Sorteado el obstáculo alemán, si finalmente Puigdemont es juzgado por malversación lo sería por su variante más grave. El Código Penal fija que la máxima pena (12 años si es como delito autónomo) se puede aplicar cuando lo malversado alcanza los 250.000 euros. Así pues, que la cifra haya subido de 1,6 a 1,9 millones, según los últimos informes, tendría repercusión en el dinero que se reclame al condenado, pero no tanto en el tiempo de prisión impuesto.