La Estadística Militar en la ingeniería social
Enrique Área Sacristán.- INTRODUCCIÓN. En todas las profesiones existe una tensión entre el pensamiento tradicional y la eficacia técnica; pero en la militar las influencias conservadoras del pasado han sido particularmente fuertes, aunque solo sea porque las consecuencias de la resistencia al cambio, vistas retrospectivamente, parecen muy obvias y a veces muy desastrosas. Desde sus más remotos orígenes históricos los oficiales profesionales de la Europa Occidental, excepción hecha de destacados líderes no convencionales, se han inclinado al conservadurismo tanto en lo que se refiere a los medios como a los fines de la Institución militar.
La planificación rutinaria no resulta necesariamente adecuada para ocuparse de las nuevas misiones de la institución militar, pero ésta podía ser la forma en que se desarrolló el quehacer de los Ejércitos desde la guerra civil hasta su modernización. Una herramienta como la estadística para uso en un régimen personalista con un Ejército vencedor bien pudiera haberse dedicado a la ingeniería social. Desde este punto de vista cabe preguntarse por la utilización de esta herramienta como medio para controlar las organizaciones por parte de los Ejércitos.
Un aspecto sorprendente del sistema militar es el esfuerzo constante por conseguir que toda la normalización procedimental sea lo más detallada y precisa, mediante la cuidadosa definición de las jurisdicciones y de las cadenas de mando.
El antiguo término de mando hubo de modernizarse, es decir, cargarse de mayor contenido para reflejar las complejas tareas del mantenimiento de la fuerza militar bajo una limitación eficaz. La institución militar ha incorporado rápidamente la gestión informática para todo tipo de funciones, entre las que está la de personal. Todo este aparato contribuye a dar la sensación de que existe una autoridad centralizada y un clima organizativo de toma de decisiones objetivo y racional. De ahí que pensemos que a través de los Ejércitos se haya podido utilizar la herramienta estadística para controlar y conformar los movimientos sociales.
RESEÑA HISTÓRICA [i]
Aunque el primer Reglamento de Estadística Militar fue aprobado por Orden de Presidencia de Gobierno de 18 de febrero de 1953 (BOE nº 78), el Servicio de Estadística Militar se creó por Orden de Presidencia de Gobierno de 14 de marzo de 1957 (BOE nº 77). Su ámbito de aplicación fueron los tres ministerios militares, haciéndose extensivo posteriormente a la Dirección General de la Guardia Civil y a la Inspección de la Policía Armada. Con esta legislación, las Fuerzas Armadas se integran de forma conjunta y coordinada en la Estadística Nacional que había sido reorganizada por Ley de 31 de diciembre de 1945, segregando los servicios de estadística del Instituto Geográfico y Estadístico y creando, para llevar a cabo esta misión de observación de fenómenos colectivos de la vida española, el Instituto Nacional de Estadística, dependiente de Presidencia de Gobierno.
La organización y funcionamiento del Servicio de Estadística Militar fueron regulados mediante un Reglamento provisional, aprobado por Orden de Presidencia de Gobierno de 2 de enero de 1958 (BOE nº 9). En el se estructuraba el Servicio en Órganos de Planificación y asesoramiento que eran las Junta Interministerial de Estadística Militar y
las Juntas de Estadística de los tres Ministerios Militares y en Órganos Ejecutivos que se constituían en cinco Escalones, siendo la Jefatura de los Servicios de Estadística del Alto Estado Mayor el Quinto Escalón. El Reglamento Provisional de 1958 fue derogado por orden de Presidencia de Gobierno de 25 de septiembre de 1962 (BOE nº 243), donde se aprobó un nuevo Reglamento con la finalidad de regular la organización y el funcionamiento del Servicio de Estadística Militar. Se designó como jefe del Servicio de Estadística Militar de las Fuerzas Armadas al General Jefe del Alto Estado Mayor y se creó un órgano consultivo denominado Comisión Interministerial de Estadística Militar, presidido por el Jefe del Servicio de Estadística Militar.
Por Orden de la Presidencia del Gobierno de 16 de agosto de 1964 (BOE nº 205), se creó el Diploma de Estadística Militar y se reguló la obtención del mismo.
La reorganización del Ejército de 1973 y la posterior creación del Ministerio de Defensa en 1977, provocó cambios en la organización y dependencias del Servicio de Estadística y la aprobación de un nuevo reglamento. Por Orden del Ministerio de Defensa de 5 de febrero de 1979 (BOE nº 39), se transfirió a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa tanto el Servicio de Estadística Militar como las Comisiones de Estadística. La Comisión Interministerial de Estadística Militar pasó a denominarse Comisión Interejércitos de Estadística Militar. En dicha orden se excluyó a la Inspección de la Policía Armada del ámbito del Servicio de la Estadística Militar.
Por Orden del Ministerio de Defensa 153/82 de 12 de noviembre (BOD Nº 284), se aprobó un nuevo Reglamento del Servicio, que pasó a denominarse Servicio de Estadística del Ministerio de Defensa. En dicha Orden se estableció que la Jefatura del Servicio la desempeñara el Secretario General Técnico y la Comisión Interejércitos de Estadística Militar pasó a denominarse Comisión de Estadística del Ministerio de Defensa. Este Reglamento modifica la dependencia de la Unidad de Estadística del Ejército de Tierra que pasa a depender de la Dirección de Servicios Generales del Cuartel General del Ejército, de donde posteriormente pasaría a depender tras su creación de la Dirección de Servicios Técnicos encuadrada en primer lugar en la Sección de Apoyo Técnico y posteriormente en la Sección de Investigación, Estadística, Publicaciones y Cartografía. El Servicio de Estadística del Ministerio de Defensa quedó estructurado en Jefatura del Servicio, Órganos de Planificación y Asesoramiento y Órganos de Ejecución, articulándose estos últimos en cinco Escalones, al igual que en el Reglamento anterior.
Por Orden Ministerial Comunicada de Defensa 14/83, de 24 de noviembre, se fijaron la directrices básicas por las que había de regularse la elaboración del proyecto de Plan Estadístico de Interés para la Defensa Nacional y se ordenó la constitución de una ponencia al efecto en dependencia de la Comisión de Estadística del Ministerio de Defensa.
El Real Decreto 135/84 de 25 de enero por el que se reestructuró el Ministerio de Defensa, estableció que la Secretaría General Técnica por medio de su Subdirección General de Servicios Técnicos se encargara de coordinar los asuntos relativos a la Estadística Militar.
Con objeto de regular la estructura, misiones y funcionamiento del Servicio de Estadística de las Fuerzas Armadas y adaptar el Servicio a los cambios habido en el seno de las Fuerzas Armadas así como a la Ley 12/89 de 9 de mayo de la Función Estadística Pública, se publicó un nuevo Reglamento por orden Ministerial nº 32/93 de 14 de abril, derogándose el del año 1982. En este Reglamento el Servicio pasa a denominarse Servicio de Estadística de las Fuerzas Armadas y para el ET. Unidad de Estadística del Ejército de Tierra. En dicho reglamento se estructura el Servicio de Estadística Militar en Órganos de Dirección, de Planificación y Ejecución, de Ejecución y de Asesoramiento y Estudio. Los escalones del Servicio fueron sustituidos por Unidades y Oficinas de Estadística, pasando a denominarse al Quinto Escalón Unidad de Estadística del Órgano Central del Ministerio de Defensa, y al Cuarto Unidad de Estadística del Ejército de Tierra. La Comisión de Estadística del Ministerio de Defensa pasó a denominarse comisión Asesora de Estadística de Defensa, CAEDEF.
Por Orden DEF/3989/2008, de 26 de diciembre, se aprueba el nuevo Reglamento del Servicio de Estadística del Ministerio de Defensa, que deroga la OM 32/93. En el nuevo Reglamento, en el que los Órganos de Dirección están formados por la Secretaría General Técnica (Jefatura) y las Jefaturas de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y de la Asistencia Técnica de los ejércitos, mientras que los Órganos de Planificación y Ejecución son las Unidades de Estadística del Órgano Central (Cuarto Escalón) y los Ejércitos (Terceros Escalones), siendo los Órganos de Ejecución los Escalones Intermedios (Segundos Escalones) de los Ejércitos que los constituyen las Oficinas de Estadística de los Mandos y Jefaturas de la estructura básica de los ejércitos y los Escalones Básicos (Primeros Escalones) los Enlaces de Estadística de las unidades, centros y organismos de los ejércitos. El nuevo Reglamento establece como órgano colegiado asesor de carácter técnico la Comisión Ministerial de Estadística del Ministerio de Defensa CMEDEF. En el nuevo Reglamento, el Plan Estadístico de la Defensa (PLANESTADEF) tendrá los mismos periodos de vigencia que el Plan Estadístico Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística.
El CMEDEF aprobará cada año el programa anual a propuesta de la Unidad de Estadística del Órgano Central y en él se detallarán las operaciones estadísticas incluidas en el PLANESTADEF.
MISIONES DEL SERVICIO DE ESTADÍSTICA MILITAR
De todos es sabido que la ingeniería social depende, en gran parte, de los estudios estadísticos y de los controles del mismo tipo para normalizar los procesos sociales. Dado que existe una parte de la población que se encuentra en la creencia que durante el periodo de gobierno del Generalísimo D. Francisco Franco, los Ejércitos tuvieron un gran peso en el control de los movimientos sociales, es por lo que vamos a analizar las misiones que tenía el Servicio de Estadística Militar para, en último caso, descartar la función de adoctrinamiento por parte de las Fuerzas Armadas de la población española. Se trata de demostrar que los Ejércitos, una vez desarrollada la herramienta analítica, la emplean exclusivamente para normalizar los procesos reglamentarios internos.
a.- Reglamento de Estadística Militar. Orden de Presidencia de Gobierno de 18 de febrero de 1953 (BOE nº 78).
Por esta Orden se aprueba en Consejo de Ministros el Reglamento de Estadística Penal Militar. El proyecto fue redactado por la Comisión Mixta de Coordinación y Asesoramiento para las Estadísticas Judiciales del Instituto Nacional de Estadística y pasó a estudio del Consejo Superior de Estadística, que emitió dictamen proponiendo su aprobación.
Conforme disponía el artículo 986 del Código de Justicia Militar tenía por objeto resumir el resultado de los procedimientos militares y conocer la delincuencia en los Ejércitos y jurisdicciones de Tierra, Mar y Aire, expresando además la forma en que se aplicaban las disposiciones legales y proponiendo las reformas que convendría introducir.
Como se puede ver no tiene como objeto el control social, aunque hay que decir que gran parte de los delitos que hoy entendemos como comunes eran juzgados por la jurisdicción militar.
b.- Orden de Presidencia de Gobierno de 14 de marzo de 1957 (BOE nº 77) Servicio de Estadística Militar, creación.
Artº. 2º.- Las estadísticas que elaboren o utilicen el Servicio de Estadística de las Fuerzas Armadas estarán comprendidas en alguna de las siguientes clases:
“Estadísticas de interés nacional.- Son aquellas estadísticas que, aún realizadas por Ministerios Militares, afectan a la estadística en general de la nación y como tales se ajustarán a las normas dictadas por la Presidencia del Gobierno”.
“Estadísticas de interés general para los Ministerios Militares.- Son aquellas estadísticas que, aun realizadas por dependencias o personas militares, sirven a interés de índole militar”.
“Estadísticas Militares.- Son aquellas que se realizan por los Servicios militares y afectan tan sólo al interés propio de los mismos. Estas estadísticas se subdividen en estadísticas militares de índole general y en estadísticas de índole privada, según no tengan o tengan carácter reservado”.
Artº. 3º.- El Servicio de Estadística de las Fuerzas Armadas tendrá la misión de proporcionar al Mando de que dependan sus distintos escalones, los datos estadísticos que pueda necesitar, así como colaborar con el Instituto Nacional de Estadística, en el Escalón correspondiente al Alto Estado Mayor, facilitándole aquellos datos útiles para la confección de la Estadística General del País y solicitando los que considere de interés para las Fuerzas Armadas.
c.- Reglamento provisional, aprobado por Orden de Presidencia de Gobierno de 2 de enero de 1958 (BOE nº 9).
Artº. 22.- “Serán objeto de Estadística las cuestiones siguientes:
Personal: en sus diversas especialidades y situaciones.
Instrucción: ejercicios y cursos.
Material: necesidades existencias y consumos.
Economía: costas y rendimientos.
Industria: producciones y adquisiciones.
Construcciones e instalaciones de nueva planta y de mantenimiento.
Sanidad.
Alimentación.
Transportes.
10. Aquellas otras particulares de cada Ejército….”
d.- Orden de Presidencia de Gobierno de 25 de septiembre de 1962 (BOE nº 243)
No existe duda, visto el organigrama y el Reglamento Provisional de 1958 de que la Estadística Militar hasta esta fecha, sólo se dedicaba a “controlar sus necesidades internas reglamentarias.
e.- Orden del Ministerio de Defensa de 5 de febrero de 1979 (BOE nº 39), por la que se transfirió a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa tanto el Servicio de Estadística Militar como las Comisiones de Estadística.
En España ya se había instaurado la Democracia y, por lo tanto, y con la creación del Ministerio de Defensa, los Ejércitos, independientemente de que pudieran ser un grupo de presión hasta mediados de los 80, tenían una dependencia de este Ministerio. La normativa que sigue a esta ya es correspondiente a otras circunstancias.
f.- Orden del Ministerio de Defensa 153/82 de 12 de noviembre (BOD Nº 284), se aprobó un nuevo Reglamento del Servicio, que pasó a denominarse Servicio de Estadística del Ministerio de Defensa.
g.- Orden Ministerial Comunicada de Defensa 14/83, de 24 de noviembre, por la que se fijaron las directrices básicas por las que había de regularse la elaboración del proyecto de Plan Estadístico de Interés para la Defensa Nacional.
h.- Real Decreto 135/84 de 25 de enero por el que se reestructuró el Ministerio de Defensa.
i.- Contenido y procedimiento de desarrollo del Plan Estadístico de Interés para la Defensa Nacional, por Orden Ministerial 39/86 de 14 de mayo (BOD nº 109).
j.- Reglamento por orden Ministerial nº 32/93 de 14 de abril.
k.- Orden DEF/3989/2008, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el nuevo Reglamento del Servicio de Estadística del Ministerio de Defensa.
Misión del Servicio
Art. 2. El Servicio de Estadística del Ministerio de Defensa tiene por misiones:
1. Planear obtener y elaborar los datos de carácter estadístico necesarios para el conocimiento de la realidad militar de España su estructura y evolución, a fin de fundamentar las decisiones de los diferentes escalones de mando, especialmente en los campos político-administrativo y logístico.
2. Colaborar con el Instituto Nacional de Estadística en la ejecución de la estadística oficial de España, en los campos que afecten al Ministerio de Defensa.
3. Dar cumplimiento a las obligaciones del Estado, de carácter estadístico militar, que se contraigan con Otros Estados u Organismos internacionales.
CONCLUSIONES
El Servicio de Estadística Militar no utilizó oficialmente datos de interés para la Ingeniería Social durante la época del Generalísimo, quedando como sigue a día de la fecha, para el Ejército de Tierra y el Ministerio de Defensa.
*Teniente coronel de Infantería y doctor por la Universidad de Salamanca
Don Enrique: 1. ¿Qué opina usted de la desaparición del servicio militar obligatorio? Y le pido su opinión como sociólogo, no como militar, pues quiero que se exprese con total claridad, si lo desea, claro. 2. ¿No cree que la existencia de una preparación militar básica y elemental, el equivalente al antiguo CIR, con Jura de Bandera, por supuesto, y preferiblemente en otra región de España, para que los españoles conozcamos nuestra Patria, hubiera sido de gran utilidad para mantener la cohesión nacional, el sentimiento de pertenencia a una sola Nación, etc…? Gracias anticipadas. Y enhorabuena por sus brillantes artículos,… Leer más »
Don Ramiro:
Tiene usted toda la información que necesita en mi sitio web http://www.defensa-nacional.com
Muchas gracias.
De cualquier forma, no estaría de más que lo explicara, pues muchos lectores no van a tener tiempo -o ganas- de acceder a su Web.
D. Enrique en primer lugar mis felicitaciones por este magnífico artículo.
Una pregunta:
Ahora no lo sé, Pero es cierto que en algunas ocasiones las unidades militares solamente existían sobre el papel por falta de recurso?
No, eso no es del todo cierto. Lo que si es verdad es que se reducía el personal que figuraba en las Plantillas de tal forma que estaban a un porcentaje de estas muy bajo.
Gracias por su respuesta. Le puedo decir que en algunas unidades mecanizadas o blindadas los vehículos permanecían parados durante mucho tiempo.
Muy ilustrativo y pedagógico, mi teniente coronel.