35 asociaciones piden al Defensor del Pueblo que interponga recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto 9/2018 del Gobierno
(Remitido) Treinta y cinco organizaciones nos hemos dirigido por escrito al Defensor del Pueblo para que este haga uso de su potestad de interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el RD 9/2018 de 3 de agosto de 2018. Desde este colectivo de asociaciones defensoras de la custodia compartida, de los derechos de los niños y de una ley de violencia intrafamiliar que proteja a todos los miembros de la familia sin excepción frente a cualquier tipo de violencia entendemos que el citado Real decreto vulnera los preceptos fundamentales de la Constitución española no sólo en su contenido legislativo discriminatorio, sino en la forma legal que se ha utilizado para legislar.
El artículo 86 de la Constitución permite el uso del RD apelando a la “extraordinaria y urgente necesidad” de las circunstancias sin que de ningún modo esté concurriendo la necesidad de urgencia. El citado Real Decreto ha sido aprobado un viernes 3 de agosto, justo antes de comenzar el periodo vacacional parlamentario para intentar soslayar discretamente el abuso legislativo que se está cometiendo.
Con la excusa de la urgencia se ha legislado para modificar a golpe de decretazo el propio articulado del Código Civil -algo que no ha sucedido nunca en los 200 años de historia de este compendio de leyes reguladoras de la sociedad- , con la aprobación de este RD quedan recortados aspectos importantísimos de la patria Potestad, que podrá limitarse en el padre sólo por la palabra de una mujer que se diga maltratada, sin mediar ninguna intervención de la administración de justicia y siendo suficiente el informe favorable de un funcionario o asistente social. Esta norma convierte de hecho a los servicios sociales de los diferentes ayuntamientos en tribunales competentes en asuntos de familia, usurpando esa función a la propia administración de justicia. Cuatro asociaciones de jueces han alertado de manera unánime contra esta usurpación de funciones.
El Real Decreto legisla también acerca del reconocimiento de la situación de mujer maltratada haciendo innecesaria la intervención de la administración de justicia, ya que es el mero informe emitido por un funcionario municipal, asistente social o “cualquier otro título” lo que adquiere carta de validez. Este “título” dará pleno acceso a cualquier mujer a toda una batería de ayudas sociales y económicas con el único requisito de su palabra. Lo más terrible es que el hecho de reconocer a una mujer como maltratada, implica asignar automáticamente a un hombre el rango de maltratador, lo cual acaba definitivamente con los restos de presunción de inocencia que podían quedar en este duro sistema discriminatorio.
Entendemos, por tanto, que además de vulnerar principios fundamentales de la Constitución española el RD está fomentando con dinero público el uso de la denuncia indiscriminada, perjudicando los intereses de la verdadera mujer maltratada que queda así completamente desprotegida y con acceso mucho más limitado a los recursos económicos que le podrían resultar necesarios.
Interpretamos que el RD 9/2018 vulnera varios artículos de la Constitución española, como el art. 14, sobre la igualdad, el art. 24 sobre el derecho a un juicio justo y a la presunción de inocencia, o el art. 26, sobre la prohibición de los tribunales de honor, que es de hecho en lo que se van a convertir los servicios sociales municipales.
Por todas estas razones hemos solicitado la intervención del defensor del pueblo, que tiene la capacidad de interponer el recurso de inconstitucionalidad, para que sea al propio Tribunal Constitucional el que se pronuncie a este respecto.
ASOCIACIONES FIRMANTES:
Segundas Mujeres e Hijos por la Igualdad, Cádiz Asociación por la Defensa de la Igualdad Efectiva CADIE, Córdoba para la Defensa de la Igualdad Efectiva CODIE, Asociación Custodia Compartida Las Palmas, Movimiento Femenino por la Igualdad Real, Partido Igualdad Real, Aire, Asociación por una Igualdad Real y Efectiva de Cartagena, Albacete Custodia Compartida, Asociación Custodia Compartida Málaga por los Derechos Del Menor y Familia, Asociación por los Derechos de los Niños Custodia Compartida Villanueva de la Serena, Asociación Contra la Sustracción Internacional de Menores ACSIM, Asociación de Padres de familia Separados APFS, Asociación por los Derechos de los Niños Custodia Compartida Extremadura, Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida, Asociación Pro Derechos del Niño SOS Papá, Custodia Compartida YA! Asociación de padres y madres separados, Asociación Despertar Sin Violencia a Nivel Nacional, Asociación La Terraza-Euskadi, Asociación Custodia Compartida Tenerife, Federación Canaria de Asociaciones de Custodia Compartida Favor Filii, Asociación Custodia Compartida Lanzarote, Asociación Nacional de Afectados por el Síndrome de Alienación Parental, Asociación de Abuelas Plaza Circular de Bilbao, APFSIB- Associació de Pares de Família Separats de les Illes Balears, Granada por la Custodia Compartida Ya!!! , Rincón de la Victoria por la Custodia Compartida ya, Custodia Compartida por Nuestros Hijos, Asociación Europea de Ciudadanos Contra la Corrupción, Asociación por los derechos de los niños custodia compartida Cáceres, Asociación de Abuelos en Lucha por sus Nietos, Asociación en Defensa de la Infancia Maltratada y por la Custodia Compartida ASDIM-CC, Asociación Galega de Pais e Nais Separados, Custodia Paterna. Pacto por la Igualdad y los Derechos de los Hijos. Custodia Compartida Castilla y León.
El actual Defensor del Pueblo, FERNÁNDEZ-MARUGÁN, o algo así, es SOCIALISTO PERDIDO.
Ergo, no hará absolutamente nada, y sino, AL TIEMPO.
UN SISTEMA JURÍDICO DONDE TODO ES ABSOLUTAMENTE “PREDECIBLE”, no es un auténtico estado de derecho…