El Estado no podrá recuperar las competencias en materia penitenciaria en Cataluña
El Estado no podrá recuperar fácilmente las competencias en materia penitenciaria en Cataluña. Sobre el papel es posible hacerlo, pero, como suele pasar, en la práctica será inviable que el estado pueda recuperar las competencias en materia penitenciaria que fueron transferidas a Cataluña en 1983. Y es que, solo hay dos vías para recorrer ese camino: o se reforma el Estatut de Catalunya, lo que requeriría el voto a favor de una mayoría de dos tercios del Parlament, algo que roza lo quimérico; o se reforma la Constitución, un paso que también se antoja muy complicado.
Algunas fuentes admiten que la legislación “no está pensada para protegerse del desleal”, pero es que, en este caso, es cierto, dicen, “hemos puesto al zorro, a vigilar a las gallinas”. La competencia ejecutiva en materia penitenciaria está puesta en manos de la Generalitat, y una vez que los políticos presos están en cárceles catalanas, no hay nada que hacer porque el estado no tiene ningún motivo para reclamarles, primero, porque no lo han pedido los afectados, y segundo, porque no ha habido requerimiento alguno del tribunal para ello.
La única posibilidad para hacerlo, piensan algunos, es que, si se vuelve a recurrir al 155 se puedan tutelar esas competencias por el tiempo en el que esté en vigor su aplicación.
Así pues, hay que asumir que será la Generalitat la que conceda el tercer grado a los políticos presos en cuanto le sea posible, máxime cuando el Tribunal Supremo se ha negado a explicitar en la sentencia, como pidió la fiscalía, la posibilidad de que no tuvieran acceso a ello hasta que los condenados cumplieran al menos la mitad de la pena que se les ha impuesto. Eso sí, al estar todo judicializado, el fiscal podrá recurrir ese paso, primero ante el juez de vigilancia penitenciaria y, en última instancia, ante el tribunal sentenciador, es decir, ante el Supremo.