Albert Rivera rompe su silencio por el estado de alarma: “¿Por qué lo anuncian 24 horas antes de aplicarlo?”
El Gobierno ha anunciado que el estado de alarma se hará efectivo a partir de mañana, es decir, del sábado. Aquí los matices son importantes y Albert Rivera, ya retirado de la vida política, no ha dudado en criticar el anuncio de la medida, que no su aplicación.
Rivera hace tiempo que dejó su actividad política. No acostumbra a hacer declaraciones públicas y por ello es sorprendente (aunque dadas las circunstancias quizá no tanto), que en este caso haya querido romper su silencio. Pedro Sánchez ha anunciado que se aplicará el estado de alarma, algo que no ha parecido gustar al predecesor de Inés Arrimadas en Ciudadanos.
Rivera ha querido lanzar dos preguntas desde su perfil personal de Twitter: “¿Por qué ha anunciado el Gobierno el estado de alarma 24h antes de aplicarlo? ¿No sería más eficaz anunciarlo justo con la entrada en vigor de las medidas para evitar la movilidad y la incertidumbre?”. Es así como el político retirado lamenta que desde Moncloa se desaproveche un día completo de medidas concretas.
Pánico en Madrid y huidas de la capital
Rivera, en su mensaje, habla sobre la movilidad y la incertidumbre. Lo primero es lo que desde hace unos días no para de verse en las calles de Madrid. Quien puede, ante el rumor de un posible cierre de la capital y hasta de la comunidad, abandona la región para evitar perder, precisamente eso “movilidad”. Y lo segundo es quizá lo más sangrante: “la incertidumbre”.
Frente a una situación crítica como la que estamos viviendo, pues el coronavirus es una pandemia global, lo que más demanda la ciudadanía son certezas. Frente a eso gobierna el caos y presenciamos escenas como las vividas en los supermercados estos días o en los accesos a la capital, donde ya empieza a haber grandes movilizaciones de vehículos.
El mensaje de Albert Rivera ha alcanzado gran popularidad y con apenas minutos siendo publicado, ha recabado cientos de retuits y ‘likes’ casi por igual.
¿Qué supone el estado de alarma?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado la declaración del estado de alarma en toda España por la crisis del coronavirus. Esta medida está recogida en el artículo 116 de la Constitución española y se desarrolla en la Ley Orgánica 4/1981 de Estado de Alarma, Excepción y Sitio, donde se prevé su declaración ante, entre otras circunstancias, “crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves”, como es el caso de la pandemia del coronavirus. Entre las potestades que otorga al Gobierno está la de limitar la circulación de personas o intervenir fábricas, requisar bienes o imponer prestaciones personales obligatorias.
Según la Carta Magna, la declaración de un estado de alarma se produce por el Gobierno mediante un decreto acordado en Consejo de Ministros en el que se determina el ámbito territorial al que se extienden los efectos de la citada declaración.
Como Sánchez ha anunciado, el estado de alarma se extenderá durante los próximos 15 días, lo que supone el plazo máximo. Además se deberá dar cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. En la Ley Orgánica se precisa, además, que el Parlamento podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.
Y también establece que la declaración debe ser difundida de manera obligatoria por todos los medios de comunicación públicos y por los privados que se determinen, y entrará en vigor desde el instante mismo de su publicación en el BOE.
Se declara por circunstancias extraordinarias
La regulación del estado de alarma está recogida en los primeros 12 artículos de la Ley 4/1981 de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio. Según esta norma, se procederá a declarar el mencionado estado cuando las circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las Autoridades competentes.
Tanto las medidas como la duración deben ser la “estrictamente indispensables” para asegurar el restablecimiento de la normalidad y su aplicación se hará de forma proporcionada a las circunstancias. Además, no interrumpe el normal funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado.
La Ley prevé la declaración del estado de alarma en cuatro tipos de situaciones que supongan alteraciones graves de la normalidad como y una de ellas es ante “crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves”. Siendo la crisis del coronavirus de suficiente calado como para que Pedro Sánchez haya decidido adoptar la medida en todo el territorio nacional.
Las otras tres situaciones en que el Ejecutivo lo puede aprobar es ante: catástrofes, calamidades o desgracias como terremotos, inundaciones, incendios o accidentes de gran magnitud; paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad o situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Lo anunciaron 24 horas antes para que diera tiempo a los infectados en Madrid a “escapar” y extender el contagio por toda la zona de Levante. Y conste que no tengo nada contra los madrileños. Todo lo contrario. Pero en una situación semejante me ha parecido una absoluta insensatez salir de la principal zona de contagio.
Es la única explicación plausible al absurdo anuncio por anticipado del estado de alarma: Extender el virus lo máximo posible. Si alguien tiene otra teoría respaldada con un argumento consistente estaré encantado de oírla.
pues para que les de tiempo a las chonis y garrulos el ramplar todo el papel higienico y marchar a sus chalets y si hace buen tiempo ir a la playa a teletrabajar. y para los demas la ley marcial.