Covid-19, la responsabilidad del Ejecutivo en derecho penal
Un posible caso penal contra el Ejecutivo podría ver la luz, tras las últimas resoluciones judiciales; entre ellas, las de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, en dónde se requiere al Ejecutivo remitir al Alto Tribunal, los informes previos al estado de alarma. Si un anestesista va al quirófano y suministra mal la anestesia y muere el paciente, este puede ir a la cárcel por homicidio imprudente. ¿No debería haber una responsabilidad penal sobre nuestros dirigentes políticos por lo ocurrido? La gestión de la situación actual genera esta pregunta en muchos españoles.
Desde el punto de vista legal, y tras ver el relato cronológico de los hechos, podría ser. Sin embargo, la dificultad está en determinar quién es el autor y cuáles son los delitos que se estarían imputando.
Estos delitos se comenten por aquellos, que pudieron prever un resultado y no hicieron nada para evitarlo. Inicialmente, esta responsabilidad podría recaer en los llamados técnicos y encargados del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias; al ser ellos los responsables directos, y los primeros conocedores de la realidad, así como del daño que podría causar la pandemia. Para ello, habría que demostrar si conocían y si fueron advertidos de la mortalidad del Covid19, y aun así, no actuaron con diligencia como era su deber. De ser afirmativo este planteamiento, podríamos estar ante diferentes delitos de prevaricación, lesiones y/u homicidio imprudente.
Un ejemplo de ello, ya lo dictó el Tribunal Supremo en su sentencia 1050/2004 en donde condenó, por homicidio imprudente y por lesiones imprudentes, a los dueños de una empresa que emitía gases contaminantes, y que debido a un accidente que pudieron prever, uno de sus trabajadores falleció y varios resultaron con lesiones: debieron de prever el resultado de muerte y no lo evitaron.
Por otro lado, imputar a los cargos políticos entre ellos al ministro de Sanidad, o al jefe del Ejecutivo, es más difícil, puesto que determinar las cuestiones de autoría, es más complicado.
Desde una perspectiva penal, la cuestión será el poder conocer y determinar cuando los dirigentes políticos fueron conocedores del peligro del Covid-19, y si conociendo su gravedad desatendieron a los organismos internacionales, expertos en la materia, y aun así fallaron, en las compras de material, respiradores, y otras medidas de prevención que habrían evitado o limitado muchas muertes; entre ellas, posiblemente las de nuestros sanitarios.
La cuestión se va centrar en la teoría penal, “del control del dominio”. Es decir, ¿se puede demostrar un nexo entre la comisión por omisión y el resultado? ¿No evitar aglomeraciones aumentó la mortalidad? ¿Se conocía su letalidad? Muchos afirman que sí, incluso los equipos jurídicos del Estado han declarado en sede judicial que el Gobierno sabía que España se enfrentaría a una “epidemia” con alto riesgo de contagio desde el 24 de enero de 2020. La propia OMS le advirtió a todas las naciones, incluida España, desde el 30 de enero, sobre el desastre que se avecinaba instándolos a tomar medidas drásticas para frenar una posible pandemia, declarando emergencia de salud global por COVID-19 y todavía a pesar de ello Fernando Simón manifestó el 9 de febrero que “el riesgo en la mayoría del país es bajo. En las zonas donde hay casos, claramente es moderado y puede ser incluso alto”.
Ahora que comienza a bajar la curva de fallecimientos, podría ser un buen momento para esclarecer responsabilidades tanto políticas como legales. Y cuando se pronuncien nuestros Tribunales, esperemos estar dispuestos como sociedad aceptar sus decisiones, ya que no estará sólo en juego la búsqueda de la verdad sino la fortaleza de toda nuestra democracia.