El Ayuntamiento de Zaragoza está cobrando un Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, que realmente no existe
La reciente sentencia 92/2020, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. 2 de Zaragoza, ha puesto negro sobre blanco el enriquecimiento injusto de la mayoría de los Ayuntamientos españoles, y en este caso concreto el de Zaragoza, que siguen girando y cobrando el “Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana” cuando se producen transmisiones de inmuebles y locales, a pesar de la caída generalizada del valor de los terrenos sobre los que se asientan dichos bienes inmuebles.
Es una situación de todos conocida, excepto de las administraciones públicas, más empeñadas en recaudar a toda costa, que otra cosa.
La Sentencia, en la que he sido el abogado defensor de los demandantes, se refiere a la transmisión de un piso a un valor muy inferior al de adquisición, aportándose las escrituras correspondientes, así como tasaciones periciales de las fechas de compra y venta, efectuadas por firmas de empresas de valoración inmobiliaria de las más reconocidas en España, pese a lo cual el Ayuntamiento de Zaragoza hizo caso omiso a la reclamación previa efectuada ante la citada Corporación Municipal, que nique decir tiene, hizo oídos sordos a la petición de devolución del impuesto previamente pagado.
Interpuesta la demanda correspondiente, y con los retrasos propios de la pandemia, la interrupción de la actividad judicial no urgente, etc., se celebró la vista a finales de junio pasado, dictándose la Sentencia correspondiente el día 2 del actual, estimatoria del recurso, “y se declara no conforme y ajustada a Derecho la actuación administrativa impugnada, anulándola con todas las consecuencias que de ello deban derivarse”, es decir la devolución íntegra del principal abonado, más los intereses legales correspondientes.
No hay una especial imposición de costas, pues la juzgadora a quo considera que, “de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la LJCA (existe) una situación jurídica compleja creada”.
La Sentencia, como no podía ser menos, se hace eco de la STC de 11-5-2017, que señala como inconstitucionales “…aquellos supuestos en los que somete a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, esto es, aquellas que no presentan aumento de valor del terreno al momento de la transmisión”.
Asimismo, la STS de 9-7-2018 fija los criterios interpretativos sobre los arts. 107, 1, 107, 2 a). y 110.4, del TRLHL, a la luz de la STC anteriormente citada, estableciendo en su Fundamento de Derecho Quinto que “corresponde al obligado tributario probar la inexistencia de incremento de valor del terreno onerosamente transmitido y añade que para acreditar que no ha existido la plusvalía gravada por el IIVTNU podrá el sujeto pasivo (a) ofrecer cualquier principio de prueba que al menos indiciariamente permita apreciarla, como es la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión que se refleja en las correspondientes escrituras públicas”.
Se reseña asimismo la jurisprudencia menor del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que con fecha 27 de septiembre de 2018 “considera suficiente la comparación del valor de las escrituras, si bien esto último es más ciertamente predicable cuando se comparan escrituras de compraventa entre sí, en las que cabe presumir que los intereses contrapuestos de las partes a efectos de declarar ingresos, gastos, desgravarse, etc., habrán llevado a plasmar los valores reales”.
Para la magistrada doña Alejandra Esteban Aruej, “…Se trata de una vivienda que fue comprada en el momento más alto de la burbuja (año 2005) y vendida al final de la larga crisis de 12 años… Se concluye que los recurrentes han acreditado la inexistencia de una plusvalía real, que el valor del suelo correspondiente al inmueble objeto de este litigio ha sufrido una depreciación. Por tanto, si no existe incremento del valor del terreno puesto de manifiesto –en el caso enjuiciado- en el momento de la transmisión del mismo, no hay hecho imponible y, por tanto, no es posible el gravamen por el IIVTNU.
Procede, por tanto, la anulación de la liquidación efectuada por la Administración demandada y el reconocimiento del derecho a la devolución del ingreso indebido”.
*Abogado, profesor universitario de Derecho y académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España.
La forma de actuar de la mayoría de los Ayuntamientos, por no decir todos, es propio DE LOS TRILEROS O TAHÚRES POLÍTICOS: No contestan a las reclamaciones previas. Con lo cual obligan a acudir al juzgado de lo contencioso-administrativo, para lo cual hay que contatar un abogado y un procurador. Como en la mayoría de los casos estamos hablando de cantidades de varios miles de euros, cuesta casi tanto el pleito como la posible devolución del dinero, lo qu ehace que muchos desistan de emprenden las acciones legales, AÚN SABIENDO QUE TIENEN RAZÓN. En definitiva, y por esta vía totalmente… Leer más »
El silencio administrativo efectivamente se utiliza mucho y eso hace que haya que acudir a Juzgados cosa que es cara y de resultado lento y dudoso
por otra parte los Ayuntamientos, las sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo las respetan muy a su manera o dejan aparcados los expedientes hasta que el poder legislativo haga una reforma de la Ley de Régimen Local que respete lo dicho por el TC y el TS….. y eso puede ser eterno
La CONSTRUCCIÓN está prácticamente parada, y más que lo estará, en el futuro, con la crisis económica que se nos viee encima, y los Ayuntaientos no saben de dónde sacar dinero…
¡Por lo visto no han pensado en hacer lo que hacemos todos en nuestras casas, que ES REDUCIR LOS GASTOS!
Yo, para hacer honor a la verdad, sin embargo he tenido una experiencia buena con un Ayuntamiento de la Sierra de Madrid. Un familiar mío tenía un chalet comprado hace unos 18-20 años y lo vendió hace poco, por unos 200.000 € menos de lo que le costó. Alguien puede que se pregunte la razón de vender tan barato. Lo contaré otro día con detalles, si alguien tiene interés en algo que produce indignación y miedo, pero adelanto algo ahora, a mi familiar LE ENTRARON “OKUPAS “ y quiso deshacerse del chalet cuanto antes porque aquello tenía toda la pinta… Leer más »
Pero, eso sí, NOS CUESTA UNOS TRES MILLONES DE EUROS AL AÑO, y tiene a un montón de asesores nombrados a dedo -creo que 15-, enchufados, COBRANDO LO MISMO QUE UN JUEZ O UN FISCAL EN ACTIVO, ES DECIR, UN DINERAL.
Estoy de acuerdo : el Defensor del Pueblo y sus homólogos de las Comunidades Autónomas son muy caros y sé que resuelven poquísimo. Y sé que hay organismos que cuando reciben la solicitud de información o una recomendación del Defensor del Pueblo …. no contestan. Y no les suele pasar nada de nada. Yo creo que los Defensores del pueblo de las Autonomías podrían desaparecer. Y también deberían desaparecer los Tribunales de Cuentas de las Autonomías se llamen como se llamen. Pero … eso da de comer a muchos y no es fácil eliminar esos puestos que no sólo es… Leer más »
Totalmente de acuerdo con su brillante exposición.
Por desgracia, LA BUROCRACIA GENER ABUROCRACIA, y los políticos van como locos para crea nuevos empleos, totalmente ficticios, EN LOS QUE ENCHUFAR A LOS SUYOS…
¡Creo que esto sólo se solucionará cuando no se puedan pagar LAS PENSIONES Y LOS SUELDOS DE LOS 3.500.000 EMPLEADOS PÚBLICOS, y vamos camino de ello!
El “negocio” inmobiliario está por los suelos, y los Ayuntamientos se han visto privados de su principal fuente de ingresos…
Y en lugar de reducir sus gastos, como hacemos las familias o las personas en nuestras casas, siguen derrochando a todo tren, contratando más empleados públicos, total y absolutamente innecesarios y, en definitiva, caminando HACIA LA QUIEBRA TOTAL DEL SISTEMA ECONÓMICO DEL SECTOR PÚBLICO.
¡Que con la excesiva presión fiscal, está arrastrando detrás al privado!
Felicidades por el artículo y por la profesionalidad en la defensa del juicio.
Gracias
En un país de pícaros y funcionarios, la íntima convivencia da estos resultados. Todos los organismos recaudatorios disponen de alguna bula a la aplicación de alguna tasa o desgrave aún con sentencias judiciales en contra de la legalidad de dicho cobro. En estos casos se aplica la Ley de Murphy, no quitan la tasa, no se aplica el desgrave a nadie, se la cobro a todos y devuelvo al que la reclame, luego es cuestión de “facilitar” la reclamación, meter miedo con revisar los expedientes, licencias o autorizaciones o poner un importe equilibrado con el esfuerzo de reclamar, y voila,… Leer más »
Totalmente de acuerdo con usted. Además, muchas veces los jueces se inclinan PELIGROSAMENTE A FAVOR DE LOS QUE MANDAN, en lugar de a favor de quien tenga reamente la razón, QUE MUCHAS VECES ES EL CONTRIBUYENTE… Y, si encima la jueza, como en este caso, NO IMPONE LAS COSTAS A LA ADMINISTRACIÓN, COMO DEBERÍA SER, pues resulta que el reclamante se gasta la mitad del dinero en abogados y procuradores, y eso como mínimo, con lo cual al final la gente desiste de PEDIR LA TUTELA JUDICIAL, pues sabe que es muy cara, y además se corre el riesgo de… Leer más »
LA LUCHA POR EL DERECHO, como decía IERING, consiste en defender el Derecho en cada caso concreto y determinado, pues la suma de todos esos casos es lo que al final hace LA JUSTICIA.
Mis felicitaciones a todos ustedes: a los pleiteantes, por no dejarse avasallar, como tantos otros, al buen abogado defensor, y a ALERTA DIGITAL, por publicar la información…
Lo cierto es que las propiedades inmobiliarias han caído al 50 o 60% de sus precios hace unos años.
Y ello repercute, lógicamente, en el valor de los suelos, que también s eha depreciado.
Luego cobrar UN IMPUESTO SOBRE UNA PLUSVALÍA QUE NO EXISTE, es el equivalente al timo del nazareno, o cualquier otro timo…
La práctica totalidad de los Ayuntamientos (y en España tenemos más de 8.000; en Alemania sólo 2.000), SIGUEN EXPRIMIENDO A LOS VECINOS, como si estuviéramos en tiempos de bonanza económica, pero la situación es patética, y mucha gente no tiene dinero ni para pagar los impuestos correspondientes.
Ergo, esto es la pescadilla que se muerde la cola…
MIS FELICITACIONES AL BRILLANTE ABOGADO, Y GRAN COLABORADOR DE ALERTA DIGITAL.