El principio de seguridad jurídica y los votos particulares de los magistrados en los procesos judiciales
El principio de seguridad jurídica, es uno de los principios básicos reconocidos en nuestra Carta Magna.
Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. La Constitución garantiza el principio de legalidad y la seguridad jurídica (Art. 9 de la Constitución)
El principio de legalidad y la seguridad jurídica, es el sustento de todo proceso, en todos los ámbitos, civil, contencioso, social, familiar, penal, tanto para el Juez o Magistrado como para los contendientes en los pleitos.
El problema de la quiebra del principio de seguridad jurídica, se plantea cuando en un proceso, el fallo o sentencia, se dicta por varios magistrados donde hay pronunciamientos de votos particulares o discrepantes. Es en este aspecto, que el principio de seguridad jurídica, deja de ser un dogma y se convierte en un principio inestable al ser interpretada la ley de manera diferente por los juzgadores.
A diario, no encontramos con fallos- sentencias, que inclinan la balanza de un lado a otro, con tan solo un voto de diferencia.
El hecho juzgado no tiene una respuesta judicial unánime y de ahí la incertidumbre del principio constitucional de la seguridad jurídica como garante de un proceso donde una condena o una absolución finaliza con un fallo-sentencia conforme a ley.
Para el ciudadano de a pie es una gran frustración, ver como se le ha condenado en un proceso, donde los juzgadores interpretan la ley, de manera diferente y si ese resultado supone una diferencia mínima de discrepancia, la frustración alcanza mayores cuotas de desconfianza, en una justicia que debe garantizar el principio constitucional de la seguridad jurídica.
A este respecto quiero significar un hecho escandaloso y que pese a ello, no tuvo consecuencias. En el juicio de la Sala 2ª del Tribunal Supremo contra Baltasar Garzón por prevaricar al tratar de enjuiciar a Franco, el voto particular discrepante del fallecido magistrado Maza, fue demoledor y de una consistencia fáctica y jurídica incontestable, a pesar de ello, sus compañeros, le exculpan en una sentencia política al no atreverse a condenarle por la repercusión y presión internacional. En este juicio el Fiscal Luis Navajas se permitió el lujo de insultar y los subrayo a los Magistrados.
Obviamente, la denuncia de Manos Limpias no prosperó pues en este país, los fiscales tienen el privilegio de la impunidad.
*Jurista y secretario general del sindicato Manos Limpias.
En España, y por desgracia para todos, la seguridad jurídica NO ESTÁ, NI SE LA ESPERA.
Aquí “reina” la arbitrariedad, la prevaricación administrativa -y judicial y no digamos fiscal…-, Y LA BURLA CONSTANTE AL SUPUESTO ESTADO DE DERECHO en el que, en teoría, vivimos…
Don Miguel, como usted sabe perfectamente,. y por experiencia propia, ESPAÑA NO ES UN ESTADO DE DERECHO, SINO UN ESTADO DE DESECHO…
Es triste decirlo, pero así es. Y VAMOS A PEOR, camino de ser las VENEZUELA DE EUROPA, y a gran velocidad.
¡Ahora solo falta que sea LA FISCALA GENERALA DEL GOBIERNO, QUE NO DEL ESTADO, la que asuma la instrucción, para que se empleen los juzgados para reprimir a los “disidentes”!
SOLO FALTARÁ CONSTRUIR LOS GULAG CORRESPONDIENTES…