El Supremo sanciona al teniente coronel Area Sacristán por oponerse a la independencia de Cataluña en un artículo en ALERTA DIGITAL
Sus opiniones y análisis son una refrescante alternativa a la palinodia oficial. Se trata del teniente coronel de Infantería y doctor en Sociología por la Universidad de Salamanca, Enrique Área Sacristán, un militar siempre fiel a España y a sus sólidos principios. Y tratándose el nuestro de un país donde con tanta facilidad se enajenan valores, se transforman principios y se recalifican voluntades, no sería capaz de hallar mejor presentación para este alavés sobrio, culto y sencillo.
Durante años hemos tenido el privilegio de contar con sus colaboraciones en ALERTA DIGITAL y conocer su punto de vista sobre temas tan diversos como la situación de las Fuerzas Armadas, la realidad española, el amargo trago del desafío separatista y cuestiones en general que, por afectar a la vida de millones de españoles, merecían ser planteadas a un representante de la institución que ha sido pieza angular de la grandeza histórica de España.
Sus testimonios, siempre meditados, son un ejemplo de amasar la historia viva y dolorosa dándole serenidad y perspectiva. De hecho, en las ideas que sigue defendiendo este teniente coronel han mamado muchos que luego fingieron ignorarlas o desdeñarlas. Pocos ejemplos hay entre los militares españoles de análisis tan certero, de investigación profunda y de exposición calmosa y convincente, como el que Enrique Área Sacristán consigue en todas sus palabras. Si a esto le añadimos su permanente compromiso ético con España y su sometimiento a la verdad antes que a la corrección política, encontramos los ingredientes que nutren nuestra ilusión en el concurso de la institución castrense como valedora y depositaria de principios que, por elevados y trascendentes, rebasan los límites de cualquier norma partidaria.
Que un patriota diga lo que piensa en defensa de la unidad de España tiene lamentables consecuencias en un país que empieza a tener los trazos tenebrosos de una dictadura comunista. En España se puede injuriar al rey, blasfemar contra los cristianos, acusar de asesinos a guardias civiles y policías, difamar a cualquier famoso en horarios de máxima audiencia, destrozar símbolos católicos, amenazar con cortarle el cuello a la presidenta de la Comunidad de Madrid. Hay límites y límites. Los que se sobrepasan en nombre de una determinada ideología nunca tienen consecuencias. Enrique Area Sacristán ha cometido el error de mantenerse fiel al juramento ante la bandera de España diariamente mancillada por otros. Al militar honorable, al español cabal, al hombre leal, al intelectual juicioso, al amigo intachable, el justo reconocimiento en nombre de todos los que hacemos a diario el medio en el que voluntariamente colabora. Como dejó acuñado Blas Piñar en frase que lucimos con orgullo en el frontispicio de nuestras páginas, hoy más que nunca, “ALERTA DIGITAL, el revulsivo de la conciencia nacional”.
Sanción de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha impuesto una sanción económica disciplinaria de ocho días al teniente coronel del Ejército de Tierra en situación de reserva Enrique Área Sacristán por “quebrantar el deber de neutralidad política al referirse en un artículo publicado en un medio de comunicación a una solución armada en Cataluña”.
La Sala considera que concurren todos los requisitos legalmente exigidos para calificar su conducta como una falta grave consistente en efectuar con publicidad manifestaciones o expresar opiniones que supongan infracción del deber de neutralidad política, prevista en el artículo 7, apartado 32, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Los hechos que dieron lugar a la imposición de la sanción y se declararon probados en la resolución sancionadora se refieren a que el 30 de agosto de 2018, en ALERTA DIGITAL se publicó un artículo titulado: “El teniente coronel Área advierte a los dirigentes separatistas: No les quepa la menor duda que si no entran en razón, nos quedaría la solución armada con toda su contundencia”.
Entre otras cosas, el Teniente Coronel sancionado afirmaba textualmente que “a medida que las nuevas circunstancias pluralistas han ido descomponiendo la unidad de los sistemas de valores, han aparecido diversas reacciones posibles a las que pueden recurrir las sociedades y sus dirigentes políticos responsables para lograr la cohesión social que tú estás dilapidando con la Ley de la Memoria Histórica, el conflicto catalán, el conflicto vasco y tus alianzas con la extrema morada izquierda que quiere dilapidar la nación española como los artistas políticos del sexenio revolucionario”. En dicho artículo se decía que “… hay que solucionar con la buena voluntad de las partes, pero que, si esta no existe, como militar nos quedaría la solución armada en la que se aplicará la Ley del Estado con toda su contundencia…”».
La Sala afirma que el artículo en cuestión, publicado en el medio de comunicación social de acceso libre en la red en la dirección «www.alertadigital.com», fue firmado por el recurrente en su condición de «Teniente Coronel de Infantería y Doctor por la Universidad de Salamanca», cuando se encontraba, según él mismo reconoce, en la situación de reserva, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la expresada ley disciplinaria, en relación con el artículo 113 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, estaba sujeto al régimen disciplinario de los miembros de las fuerzas Armadas, al no implicar la situación administrativa de reserva la suspensión de su condición militar.
Por la misma razón, según la sentencia, se encontraba también sujeto al régimen de derechos y deberes -entre ellos el de neutralidad política- de los miembros de las Fuerzas Armadas, determinado por la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 2.1., sin que se ajuste a la realidad la afirmación del recurrente de que se pidan «mayores requisitos a los militares en la reserva que a los militares en activo», pues la sujeción a las expresadas leyes es la misma para los militares en servicio activo que para los que se hallen en la situación de reserva.
Añade que “el quebranto del deber de neutralidad política en el que incurrió el Teniente Coronel, al realizar las manifestaciones destacadas por la resolución sancionadora, con la publicidad exigida por la infracción disciplinaria tipificada en el artículo 7.32 de la Ley Orgánica 8/2014, mediante su divulgación en el expresado medio digital de comunicación social, está adecuadamente justificado en la mencionada resolución”.
Y son precisamente, según la sentencia, “la ostentación de la condición militar y del empleo de Teniente Coronel en el artículo en cuestión -en el que se expresan tales opiniones contrarias al deber de neutralidad política del militar-, así como la propagación de dicho artículo en un medio de acceso libre de comunicación social, las circunstancias que denotan la incuestionable concurrencia del dolo exigible como elemento subjetivo del tipo disciplinario aplicado”.
La Sala estima parcialmente el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario interpuesto por el Teniente Coronel del Ejército de Tierra frente a la resolución de la ministra de Defensa de fecha 16 de julio de 2019, que fijó una sanción económica disciplinaria de quince días, como autor de la citada falta grave. La estimación parcial del recurso supone una rebaja de la sanción, que queda fijada en ocho días y no en quince, ya que la resolución sancionadora impuso una sanción más grave que la que propuso el instructor del expediente disciplinario omitiendo el trámite de dar un plazo de diez días al expedientado para que formulara alegaciones sobre ello, como prescribe el artículo 58.1, párrafo segundo, de la ley disciplinaria de las Fuerzas Armadas. A juicio de la Sala, la consecuencia de la omisión del trámite de audiencia debe ser la de la estimación parcial y la correlativa anulación, también parcial, de las resoluciones impugnadas, en el aspecto exclusivamente referido a la cuantía de la sanción impuesta.
Lo de Cataluña hay que pararlo, y pararlo ya.
Traidores. Mamporreros de Soros
Condena prevaricatoria y torticera, mas digna de un tribunal tercermundista que de un pais europeo, el tribunal supremo parece ser un nido de sabandijas traidoras vendidas al mundialismo, su propia constitucion de 1978 de ellos dice que separatismos nones y que para eso esta el ejercito si falla todo lo demas, hay mas verdad en un episodio de “los Simpsons” que en cualquier escrito de acusacion redactado por menopausicas amargadas o por sodomitas cocainomanos extorsionados, me cago en su puta madre del tribunal supremo y me alegro de nunca haber hecho el tonto ni perdido el tiempo recurriendo ante ellos… Leer más »
Espero que lo que está ocurriendo en estos últimos días en España, cuyo primer paso ha sido convocar elecciones en Madrid por la super patriota Díaz Ayuso, pueda ser el punto de inflexión para que los españoles empiecen a “intuir” siquiera lo que es la virtud cristiana del patriotismo. Como tengo 88 años y empecé a tener recuerdos clarísimos, de verdad, desde que tenía 3 años, en Madrid, en 1936, viviendo en Quintana 14, 2° izq., creo que ésta, junto con la austeridad, son unas de las primeras virtudes que empecé a vivir. Y, gracias a Dios, con Francisco Franco,… Leer más »
Veo que Alerta Digital es visitado masivamente por cibervoluntarios progres cuya labor es manipular la votación de los comentarios…con varias direcciones IP simultáneas
Efectivamente, las hordas podemitas se han escapado de las cloacas. Pero poco importa, cualquiera que a los asiduos y geniales comentaristas ya lo habrá advertido.
Están rabiosos y la culminación de la ira llegará el 4 o 5 de mayo. Se inovularàn su propio veneno.
Más que dictadura comunista, masónica. Muchos jueces están en logias y dictan sentencias ideologizadas.
Hay algunos “chucha su madre” que ponen negativo a los que escribimos a favor del Teniente Coronel. Bueno, pues nada, ya se sabe que hay mucho huevón suelto por la vida.
Los militares, igual que el rey tienen el deber de defender la unidad de España, que además está contenida en la constitución, por lo que no se aplica ningún principio de saltarse ninguna neutralidad.
Si la via diplomática no funciona solo queda la solución armada es una conclusión lógica.
https://www.alertadigital.com/2018/08/30/el-teniente-coronel-area-advierte-a-los-dirigentes-separatistas-si-no-entran-en-razon-nos-quedaria-la-solucion-armada-con-toda-su-contundencia-sin-rencor-ni-animos-de-venganza-que-para-eso-son-u/
Pues lees la sentencia y es justísima. Un militar en activo debe abstenerse de proferir amenazas a los civiles, y de tratar de condicionar la escena política con ellas. Si no está dispuesto a obedecer y respertar al poder civil, por muy mal que le caiga, mejor para todos que no sea militar.
Que sirva el apoyo moral e intelectual de todos los muchos lectores de AD, para compensar el daño psicológico que a buen seguro estará provocando a este dignísimo, valiente y patriota militar español. Que sepa que nuestro apoyo y reconocimiento, vale un millón de veces más que la vomitiva basura argumentativa que hay depositada en esa infame sentencia. Llegará el día en que los firmantes sientan vergüenza de si mismos porque la prevaricaciôn es el mayor y más repugnante delito que puede cometer un juez. Y denegar la libertad de expresión a un militar, en situación de reserva, incluso en… Leer más »
Un héroe de los que no quedan en este país!!!donde están los partidos patriotas apoyándole???ni uno solo!!todos escondidos o dando la razón al Supremo!!
Ni siquiera VOX, y luego van de dignos y de patriotas españoles y españolistas…
¡INCREIBLE! Le tenían que conceder una medalla por sus palabras y lo que hacen es sancionarle ¡Asco, asco, asco! Cobardes es lo que son los sancionadores.
Creo que, como homenaje al vaaliente teniente coronel, DEBERÍAN VOLVER A PUBLICAR EL ARTÍCULO EN CUESTIÓN; para que los lectores que lo lo conozcan, o que ya lo hayan olvidado, puedan PENSAR LO QUE QUIERAN DEL TRIBUNAL SUPREMO…
(Por ahora EL PENSAMIENTO NO DELINQUE, pero todo llegará).
Acato y respeto, como no podía ser menos, la Sentencia del Tribunal Supremo, pero como Abogado y ciudadano español, tengo claro lo que dice el Articulo 8 de la Constitución:
“!1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, DEFENDER SU INTEGRIDAD TERRITORIAL Y EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL”.
Más claro, agua.
Pues permítameque discrepe en parte por lo que dice sr. Ramiro.
Ebidentemente, se deberá acatar, tal sentencus si no hay posibilidad de apelación sin suponer mayores cotas de sufrimiento nivgarantias7de éxito en la apelación.
Pero en lo tocante al respeto, ese hay que ganárselo, y con sentencias como esa el respeto por la justicia y por sus “administradores” se sitúa al nivel de las cloacas.
Es que la justicia es una prolongación de las cloacas del estado masónico…
Corregir… Evidentemente.
Ya que es abogado podrá responderme a estas preguntas ¿Puede un militar decidir que la integridad territorial y el ordenamiento constitucional está amenazado? ¿y si el militar de al lado decide que no lo están? ¿No es algo que tiene que interpretar y decidir el poder civil, y ordenar al ejército en consecuencia?
Cuando EL PODER CIVIL ESTÁ A FAVOR DEL GOLPE, por lo menos en CATALUÑA, y el gobierno está dirigido por un grupo de cobardes, corruptos y traidores, como eran RAJOY Y SU BANDA, NO.
Hay una frase de un autor célebre, Splenser, o algo así,que dice más o menos (escribo de memoria), lo siguiente:
“Y cuándo todo esté perdido, siempre habrá un pelotón de soldados dispuestos a mantener el orden y la ley”.
Y ESE ERA EL CASO A PRIMEROS DE OCTUBRE DE 2017.
Me puede la indignacion, y por eso no puedo evitar responder a sus preguntas. El militar a lo que se debe, es a la Patria, a la que jamás traicionará y por consiguiente, está obligado a defenderla de los que están dispuestos a hacerlo, sean propio o extraños. Es su honor el que está en juego porque su deber le exige cumplir el mandato que se expresa con claridad meridiana en la Constitución . (vuelva a leer el artículo de ésta que cita D. Ramiro en su comentario). En los temas que atañen a la Patria, que por lo tanto… Leer más »
Con el uniforme vienen dadas unas responsabilidades y unas líneas que no se pueden traspasar. Si no estás de acuerdo con esas responsabilidades o estatutos que debes cumplir antes de hablar debería colgar el uniforme. Posicionarse políticamente o criticar públicamente decisiones que escapan a su rango, es incompatible con su oficio. Más allá de estar bien sancionado debería decidir que quiere ser, porque juez y verdugo al mismo tiempo no se puede.
Si Franco no se hubiera saltado las reglas, España habría sido una Rumanía más.
No se trata de ser juez o verdugo.
Se trata, simplemente, de ser MILITAR, y de, en su caso, CUMPLIR EL ART. 8 DE LA CONSTITUCIÓN, que para algo está…
ORGULLOSO DE SER ESPAÑOL: Yo también estaría orgulloso de serlo, de haber decidido expulsar de España a esas dos naciones, etnias, razas, pueblos, etc.
MENUDA LIBERTAD DE EXPRESION
CREO RECORDAR QUE SEGUN LA CONSTITUCION EL EJERCITO ES EL GARANTE DE LA UNIDAD DE ESPAÑA