El Supremo remite al Congreso y a la JEC la sentencia que condena a Alberto Rodríguez (Podemos) por atentado a agente de la autoridad
El Tribunal Supremo, a través de su presidente, Carlos Lesmes, ha remitido a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, y a la Junta Electoral Central (SEC) la sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, del pasado 6 de octubre, que condena al diputado de Podemos Alberto Rodríguez Rodríguez por delito de atentado a agente de la autoridad, para su conocimiento y a los efectos oportunos.
El traslado se produce a instancias del presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena.
Además de la sentencia, número 750/2021, dictada el pasado 6 de octubre, se envía auto de ejecución de la misma.
Alberto Rodríguez ha sido condenado por este delito en el que concurre la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas a la pena de un mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; es decir, no puede ser elegido para cargo público durante la misma.
La pena de cárcel se sustituye por una multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros, 540 euros en total.
Sustituye la pena de prisión por una multa de 540 euros, y notifica la sentencia a la Junta Electoral Central a los efectos oportunos.
Rodríguez ha sido absuelto de un delito leve de lesiones, como consecuencia de la despenalización de las faltas en 2015, aunque tendrá que pagar 50 euros como indemnización de responsabilidad civil al agente del Cuerpo Nacional de Policía al que, según los hechos probados, propinó una patada en una manifestación en 2014 en La Laguna (Tenerife).