La discriminación hacia el varón tras la Ley de Violencia de Género
Alberto González Fernández de Valderrama (*).- El siguiente trabajo pretende mostrar de un modo diáfano la discriminación injusta hacia el varón que la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de Diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, más conocida como “Ley de Violencia de Género”, ha introducido en nuestro sistema jurídico, modificando el Código Penal, en flagrante violación del art. 14 de la Constitución española, que consagra la plena igualdad jurídica de los españoles “sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Para ello expondremos diversos casos de agresiones, coacciones y amenazas que pueden darse en la vida real y explicando las diferencias de trato penales que se aplicarían contra la persona agresora si ésta fuera un hombre o si fuera una mujer, a la vista de los preceptos concretos del Código Penal (CP) aplicables, que iremos comentando.
CASO 1. Un hombre y una mujer, unidos por una relación afectiva, discuten por un asunto de celos a consecuencia de lo cual uno de ellos, en un arrebato de ira, abofetea o empuja y tira al suelo al otro sin causarle lesión alguna.
Pues bien; en aplicación del art. 147,3 CP la pena genérica para el agresor sería una multa de uno a dos meses, lo que supone, según el art. 50 CP, pagar una cantidad en el mejor de los casos de 60 € (= 2 € x 30 días) y en el peor de 24.000 € (= 400 € x 60 días), dependiendo de la capacidad económica del agresor. Ahora bien, según el art. 153,1 CP, si el autor de la agresión fuera el varón, la pena ya no sería de multa sino que podría ser de prisión de seis meses a un año, o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años. Es decir, que si es la mujer la que agrede al hombre nunca iría a la cárcel sino que pagaría una multa y conservaría su derecho a portar armas si las tuviera. Pero si el agresor es el hombre, en un caso idéntico, no solo puede ser condenado a prisión sino que, en todo caso, pierde el derecho a portar armas. Y como sabemos por las noticias que nos proporcionan los periódicos que existen casos en el mundo de mujeres que matan a sus maridos por disparos de armas de fuego (con independencia de que sea mayor o menor su proporción respecto de los asesinatos cometidos con armas de fuego por los maridos contra sus mujeres) resulta que esta ley establece la presunción de que el varón es un asesino potencial de la mujer en caso de mantener un conflicto con ella y le priva de su derecho a portar armas; pero en un caso de conflicto idéntico no considera a la mujer que posea armas como una asesina potencial del varón y le permite seguir disponiendo de ellas.
CASO 2. Un hombre y una mujer, en el mismo caso anterior, discuten a consecuencia de lo cual uno de ellos golpea al otro y le causa una lesión leve (por ejemplo una pequeña herida) que no requiere asistencia facultativa (el agredido se aplica un simple apósito) o que tras recibir una primera asistencia facultativa no requiere tratamiento médico o quirúrgico.
En este caso sería de aplicación el art. 147,2 CP, que establece una pena genérica de multa de uno a tres meses (es decir, de 60 € a 36.000 € según la capacidad económica de la persona agresora). Sin embargo en aplicación del art. 153,1 CP si el agresor fuera el varón la pena sería la misma que ya hemos indicado en el caso anterior: prisión de seis meses a un año (o trabajos en beneficio de la comunidad) y la privación del permiso a portar armas, con las consecuencias que ya hemos comentado.
CASO 3. Un hombre y una mujer, en el mismo caso anterior, discuten a consecuencia de lo cual uno de ellos golpea al otro y le causa una lesión que requiere, además de una primera asistencia facultativa un tratamiento médico o quirúrgico. Por ejemplo, el agredido por el golpe sufre una fractura del tabique nasal.
A este caso sería de aplicación el art. 147,1 CP, que establece una pena genérica de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses. Obsérvese que la pena de prisión en este caso tiene un amplio margen para no llegar a superar los dos años, lo que implicaría que en aplicación del art. 80 CP -como suele ser habitual- el Tribunal deje en suspenso la pena y el agresor no llegue a entrar en la cárcel y que, en cualquier caso, el Tribunal puede sustituir esa pena de cárcel por una multa, que podría ser desde 360 € hasta 72.000 €. Sin embargo, si el agresor fuera un varón y la agredida una mujer el art. 148,1 CP establece que estas lesiones podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años –lo que prácticamente pone al varón a las puertas de la cárcel- “atendiendo al resultado causado o riesgo producido”, circunstancias éstas de libre valoración por el Tribunal. Así que suponiendo que nos situamos ante dos casos idénticos, que merezcan el mayor reproche penal, un varón que atacase a una mujer sería condenado a cinco años de prisión, mientras que una mujer que atacase a un varón sería condenada a solo tres años de privación de libertad como máximo.
CASO 4. AMENAZAS LEVES. Un hombre y una mujer que han mantenido alguna relación de afectividad se amenazan “levemente”. Supongamos que esa amenaza leve es: “¡Voy a contar por todo el barrio qué clase de persona eres y te voy a dejar en ridículo!”.
Si esa amenaza la profiere una mujer hacia un varón, su conducta quedaría tipificada por el art 171,7 CP, que establece una pena de multa de uno a tres meses (por tanto desde 60 € hasta 36.000 €). Pero si es un varón el que profiere esa misma amenaza hacia una mujer, el art. 171,4 CP le castiga con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años. Suponemos pues, que si ambas personas se conocieron y entablaron su relación afectiva como aficionados a la caza y que por lo tanto ambas personas tienen permiso de armas, ante una amenaza recíproca de revelar a los vecinos los vicios o defectos del otro, la mujer podrá seguir cazando y el hombre tendrá que abandonar su actividad cinegética y aficionarse a la pesca, ya que se le presupone un especial ánimo de cometer crímenes que no se presupone a la mujer.
CASO 5. COACCIONES LEVES. Un hombre y una mujer, mediando una discusión, se compelen el uno al otro a hacer algo que no quieren. Por ejemplo supongamos que en un caso un hombre celoso obliga a una mujer a salir a la calle vestida de determinada manera y que una mujer, también por celos, impide a un varón salir de casa a horas intempestivas o hablar con determinadas personas. Y supongamos a efectos prácticos que ambas conductas son calificadas por un Tribunal como “coacciones leves”.
Pues bien, la conducta realizada por la mujer sería castigada con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, de acuerdo con el art. 172,1 CP, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados. Por lo tanto si se considera una coacción muy leve la pena sería de multa de 12 meses (con el mínimo de 720 €). Pero si esta coacción en su grado mínimo la comete el varón, sería aplicable el art. 172,2 CP, que establece la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años.
Con estos cinco casos que hemos considerado cualquier persona lega en Derecho podrá juzgar por sí misma si la Ley de Violencia de Género casa con lo que establece la Constitución en materia de igualdad o si, por el contrario, supone una flagrante burla de su letra y de su espíritu, que la izquierda ha conseguido colar a la sociedad española y a la misma derecha cobarde y acomplejada que tenemos.
(*) Abogado del ICAM
Ya lo he dicho recientemente y lo repito: si voy un dia por la calle y veo a un navajero atacando a una feminista es seguro al 100% que incurrire en un delito de omision del deber de socorro porque en lugar de ayudarla solamente gritare una vez bien fuerte “MUESTRALE UNA COPIA IMPRESA DE LA LEY INTEGRAL DE VIOLENCIA DE GENERO” y seguire mi camino, me da exactamente igual cuantas cuchilladas le este pegando el navajero, estoy en mi derecho de delinquir y cometer omision del deber de socorro cuando me de la gana porque estamos en una democracia… Leer más »
Totalmente de acuerdo. Le felicito por su artículo
Qué los hombres en España estamos en una posición de inferioridad de derechos frente a las mujeres es algo obvio, no sólo en el ámbito penal también en el civil y sobre todo en derecho de familia. Si te divorcias, vas listo, aunque te den la custodia compartida de los hijos, olvídate de tu casa que seguirás pagando sin poder vivir en ella, te tocará pasar una pensión a tu exmujer, trabaje ella o no, ella podrá hacer lo que quiera sin consecuencias, aunque tus hijos digan que quieren vivir con su padre ni caso les van a hacer, pero… Leer más »
La ley orgánica contra la violencia de género doméstica pone de manifiesto el mayor fracaso de los Poderes Públicos desde que fuera instaurada la Democracia en nuestro país. Una sola víctima son demasiadas. La igualdad efectiva entre mujeres y hombres es la ausencia de toda discriminación, directa e indirecta que nos confiere el beneficio del deber cumplido y nos otorga la potestad para ejercer nuestros derechos y deberes fundamentales iguales ante la ley. Me llamo Miguel, hace nueve años que no veo a mi hija, una denuncia falsa por violencia de género me alejo del amor de mi pequeña, aún… Leer más »
Comparto que al hombre sus derecho constitucionales. La palabra de la mujer es ley.. reaccionen Hombres y madres de hijos varones… a nuestros hijos varones le sacaron los derechos constitucionales …
Gracias por dar voz a esta lacra que nos está tocando vivir a muchos hombres durante nuestros procesos de separación, hay mucho más que comentar, más injusticias que publicar, como custodias de hijos, seguir así. Saludos.
No olviden que en España un condenado por violencia de género, aunque sólo sea por un insulto leve,pierde todo derecho a la custodia de sus hijos. Esto es mucho mayor pena que la restricción del uso de armas. Se le olvidó al autor del artículo.
Por eso muchas mujeres presentan denuncias de viogen.
Su abogada le dice: si quieres asegurarte que la custodia será toda tuya, pon una denuncia. De esta manera tu ex jamás tendrá opción a una compartida.
Todo el proceso judicial de un divorcio es corrupto e inmoral.
El periodista ruso español Daniel estulin lo dice claramente en este vídeo reportaje dar click al enlace por favor y comentar. https://youtu.be/UHi-TGMx0uo
Ruso tenia que ser. En su pais permiten que el marido use medidas de correccion violentas con la mujer. Menudo ejemplo. Pero esta panda nacida del arti ulo es una manada de potenciales maltratadores de mujeres…deja poca duda…
Sí, bwana, abogada……del diablo y de Soros (la misma mierda son)
El único que se atrevió a cuestionarlo fue VOX, pero ya he perdido la esperanza.
No me parece bien todos somos iguales ante los ojos de Dios .Por tanto igualdad para todos
Hola estoy completamente de acuerdo con esto me considero un hombre maltratado tengo a mis espaldas dos denuncias falsas por violencia de género he tenido que firmar los 1 y los 15 y llevo un calvario a ella le han quitado la custodia de los niños hace año y medio y yo tengo que seguir pasándola manutención a ella y hay otro tema . Hay un tema que a ver si alguien lo puede denunciar ella se llama María del Rosario morcillo quijada tiene una página que se llama teaming en la cual ha estafado a la gente 3500€ dice… Leer más »
en Españistan ya no existe ni la ley .la constitución ni ejercito,no hay ni izquierda ni derechas,solo grupos mafiosos a las ordenes del NOM,lo curioso es que los plebeyos continúan votando a sus verdugos,voy pillando traje de rayas para el Gulag
la culpa de que mueran tantas mujeres la tiene la ley porque es muy cruel que tiren a la calle al hombre tiene que pagar los ga de la vivienda y la mantención,algunos no les llega para vivir y no le dejan ni ver a los niños,eso es muy fuerte y la mayoría son denuncias falsas porque el hombre condenado no tiene derecho a nada.si este chico tiene temple sufre la pena,la humillacionn la crueldad, pero hay quien no puede sobrellevarlo y se le va la cabeza y ocurre por desgracia lo que está ocurriendo. es bien sabido que el… Leer más »
Que asco de artículo, se aprecia claramente el machismo y desconocimiento de la lacre de violencia de género que sufre la sociedad, la mujeres son asesinadas por los hombres que se creen sus dueños, que asco de artículo y que de catetos machistas opinando, es vergonzoso.
Y de ti se aprecia el adoctrinamiento y la estrechez de miras que mujeres como tú hacen gala. El artículo no es para nada machista, refleja y muestra una realidad que igual a vosotras no os gusta ni estáis de acuerdo, pero claro… En tema de “igualdad” en cuanto un hombre lucha por SUS derechos, ya es un machista. Te voy a hacer una pregunta: en caso de que tu y yo fuéramos a salir de un establecimiento, y yo decidiera salir antes que tú, sería machista? Me gustaría saber su respuesta, porque de ahí se sabrá hasta que punto… Leer más »
Yo por eso con mujeres como tú ninguna otra, cero matrimonio y peor hijos, con mi dinero no contarán…
Me parece indignante
Censuraaaaa? No aparecen mis réplicas y contestaciones….!!? Pero de las machistas…no falta ni una….mama mia….Machirulismo en vivo?!!!
Administrador: Sí, tarada, sus réplicas sí parecen. Lo que ocurre es que aquí también tenemos un horario. Su reacción ya la define como una más que presunta neurótica, en permanente roce con el histerismo, la obcecación y la pérdida de control. Valiente el que conviva con usted.
Ja ja ja …Tarada!!! Buuuu!!! Menudo adminiatrador. Machiruño…machiston…machinazi…Voy a dejar de escribir porque no mereces mas atencion ni tu ni todos los que van de victimas cuando la Ley se hace para delincuentes. Insisto o son tontos por identificarse con los sujetos a los que la ley de violwncia de genero condena oooooo…son ustedes maltratadores en potencia.
Cuando recrudecen otro tipo de delitos con otras leyes no veo que se den por aludidos …Soplagaitadas…a esto le llaman periodismo? Bluagggg
Hay que recordar que en marzo de 2004, ganó las elecciones ZP y que después de anular el plan hidrológico nacional elaborado por el gobierno anterior y retirar al ejército español como gallinas de Irak, antes de que acabase el 2004 perpetró esta barbaridad como presagio de las muchas que siguió cometiendo hasta dejar a España al borde del rescate.
Pues no se dejen españoles documenten publiquen investiguen si hay casos de hombres maltratados pues que lo sepa el mundo para que el trato sea realmente justo nadie debe de maltratar a una persona sea cual sea su condición sexo ideológico o lo que sea todos y digo todos merecemos respeto y ser tratados con justicia, estas personas mal llamadas feminista realmente buscan otro tipo de cosas y no un mundo de igualdad ni de tolerancia y mucho menos justicia para todo ser humano ojo no hay que callar ni permitir que nos intimiden los de lo políticamente correcto
Cualquier Discriminación sea de un hombre hacia una mujer, de una mujer a un hombre o cualquier ser…niños , ancianos, animales, la naturaleza , es una discriminación y el sufrimiento es el mismo…y hacen de la ley por si misma una burla a la justicia ciega en equilibrio buscando más una propaganda eletoral y de despiste de realmente atajar el problema de raíz..Y produce los efectos contrarios a los que se pretenden llegar no se como esta ley no se a llevado al Tribunal de Estrasburgo…Y creo que esta ley fue aprobada por todos los grupos en su día…en el… Leer más »
Definitivamente hay que modificar esta ley, como muchas otras. Los países desarrollados tienen Ley de Violencia intrafamiliar!! Y violencia extra familiar. Y en carne propia viví bajo la primera. Ley pareja es justa!! Y la cultura y educación de un País es la mayor riqueza que pueden tener. Aquí en España, se ve desde siempre como Europa manda desde hace siglos. Lo peor fue entrar a la eurozona, que ha fabricado e instalado desde 32 años atrás, políticas de austeridad para España y su gente. O sea pobreza en todo ámbito. Yo leo sus comentarios y veo que no son… Leer más »
El feminismo no quiere ley de violencia intrafamiliar porque les gusta tener el monopolio del victimismo para obtener ventajas de todo tipo. Si algún día sacan dicha ley, dirán en su articulado que solo se debe aplicar si el agresor es hombre, dando como siempre una casi impunidad a la mujer.