El Supremo inadmite la querella de Vox contra Marlaska por el cese del coronel Pérez de los Cobos
El Tribunal Supremo ha inadmitido la querella de Vox por obstrucción a la justicia, represalias y prevaricación contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, por el cese en mayo de 2020 del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid.
Así lo acuerda el alto tribunal en un auto en el que recuerda que la querella tiene como soporte la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Dicha sentencia declaró que el cese de Pérez de los Cobos se produjo por la negativa del coronel a informar a sus superiores sobre el contenido de una investigación judicializada sobre la manifestación del 8M de 2020 en la que el propio juez instructor había dado órdenes estrictas de confidencialidad y reserva a los agentes policiales encargados de las pesquisas.
El Supremo añade que sin embargo “no puede desconocerse que el abogado del Estado interpuso recurso contra esa sentencia, que fue estimado por la Audiencia Nacional, que declaró todo lo contrario”.
La Audiencia Nacional apreció que “hubo desviación de poder y que el cese estuvo debidamente justificado por ‘no informar del desarrollo de las investigaciones'”.
La sentencia de la Audiencia aclaraba que “la pérdida de confianza es por la no información del desarrollo no del contenido de las investigaciones y actuaciones llevadas a cabo por la Guardia Civil”.
El alto tribunal explica que en este contexto no cabe la admisión de la querella porque “en primer lugar el acto administrativo no fue adoptado por el ministro sino por el secretario de Estado de Seguridad a propuesta de la directora general de la Guardia Civil, por lo que no cabe atribuir la autoría de los delitos imputados a Fernando Grande-Marlaska por entender que fue el autor intelectual”.
“Se precisarían elementos probatorios de mayor consistencia para establecer esa inferencia ya que lo único acreditado es que quien dispuso el cese fue la autoridad administrativa a la que correspondía la competencia para ello sin que se tenga constancia alguna de la intervención del ministro en dicha decisión, por más que pudiera estar de acuerdo con ella”, fundamenta.
El Supremo inadmite la querella en relación con la persona aforada ante este tribunal, el ministro, “sin perjuicio de lo que se resuelva o se haya resuelto por el Juzgado competente en relación con la denuncia por estos mismos hechos contra las no aforadas”, el secretario de Estado de Seguridad y la directora general de la Guardia Civil, en el momento del cese de Pérez de los Cobos.