La reforma del delito de sedición permitirá a Puigdemont regresar a España en 2023 libre de cargos
La reforma del delito de sedición para rebajar la pena, que llega ahora hasta los 15 años, afectará a los investigados por el ‘procés’ que siguen huidos, entre ellos el ex presidente catalán Carles Puigdemont, en lo tocante a las medidas cautelares y la posible condena, pero también en lo que respecta a los plazos de prescripción de los hechos presuntamente delictivos, que se verán acortados a hasta cinco años.
Sánchez anunció este jueves la presentación de forma inmediata en el Congreso de una proposición de ley para rebajar las penas por delito de sedición.
De esta forma, el delito de sedición, que ha recordado que fue redactado en 1822, será modificado y pasará a denominarse de “desórdenes públicos agravados”, lo que considera “un paso definitivo” para la modernización de estos tipos delictivos.
Sánchez ha negado que esta decisión sea una exigencia de ERC para aprobar los presupuestos generales del Estado y ha recordado que hasta ahora no había mayoría parlamentaria suficiente para que saliera adelante la reforma.
La sedición se recoge en el artículo 544 de nuestro Código Penal (CP) como la conducta de quienes “se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.
En el precepto siguiente, el CP establece que “los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de 8 a 10 años, y con la de 10 a 15 años, si fueran personas constituidas en autoridad”, a lo que añade que “en ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo”.
DE 15 A 5 AÑOS DE PRESCRIPCIÓN
La rebaja de las penas por sedición afectará a la situación tanto de los condenados e indultados por el ‘procés’ como de los prófugos que siguen investigados.
En el caso de los nueve condenados que lo fueron por sedición y que solamente fueron indultados por la pena de cárcel –Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Joaquim Forn, Josep Rull, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez–, una reforma del delito de sedición que rebajara el tiempo de prisión supondrá también aminorar la pena de inhabilitación, un cambio que podría beneficiarles en base al principio de retroactividad a favor de reo.
En cuanto a los investigados por el ‘procés’ que permanecen huidos, el mayor impacto de la reforma legal se apreciaría en los plazos de prescripción, que se verían acortados, lo que acercaría la posible vuelta de los fugados a suelo español. Los plazos de extinción de la responsabilidad penal los fija el artículo 131 del CP.
Actualmente, para la sedición son 15 años. Pero si la pena se recortara hasta los 6 años, el tiempo para poder perseguir el delito hasta 10; y si la pena de cárcel se fijara en 5, dicho plazo se vería reducido también a 5 años.
El reloj comienza a correr cuando se comete el delito, unos hechos que en este caso llegarían hasta el 1 de octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum ilegal sobre la independencia de Cataluña. Y se para cuando el procedimiento se dirige contra ellos, aunque desde entonces el contador se ha puesto a cero varias veces. Las fuentes manifiestan que el caso más claro es el de Rovira, contra quien se libró una orden europea de detención y entrega en marzo de 2018 sin que desde entonces se hayan producido avances en el procedimiento contra ella, por lo que esa sería la fecha desde la que volver a contar el plazo de prescripción.
Para los prófugos del ‘procés’ habría otras implicaciones. Así, en el futuro inmediato, la rebaja de la pena de sedición podría condicionar las medidas cautelares –por ejemplo, la prisión provisional–, porque uno de los factores a valorar para imponerlas es la envergadura de la pena aparejada al presunto delito, si bien recalcan que también se tienen en cuenta otras variables como la gravedad del delito y el riesgo de reincidencia.
Si finalmente fueran juzgados y condenados por sedición, se les aplicarían las nuevas penas contempladas en el Código Penal, por ser las más favorables.
Hacer desaparecer el delito de sedición no es más que otro de los innumerables pagos del Gobierno PSOE-Podemos a los independentistas para hacerles un “traje a medida”. En definitiva, otro insulto más a los miles de catalanes que no estamos de acuerdo con las tesis separatistas.
¿Y cómo va a regresar, en un maletero o en Falcon en Torrejón con honores como jefe de Estado?
¿Irán el “preparao” y la “roja de Guadalajara” al besamanos en la Generalidad Catalufa?
¿Cómo llegó a meterse en el maletero sin llamar la atención, directamente con lo puesto desde el palacio de la Generalidad, o huyó como Pablo Claris disfrazado de monje por las alcantarillas de las Ramblas?
Ya vendrá el verano, ya…