Fiscales del ‘procés’, en contra de amnistiar a Puigdemont: tuvo ánimo de lucro y afectó intereses financieros de la UE
Los fiscales del ‘procés’ han trasladado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que no están a favor de aplicar la ley de amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont en el delito de malversación porque entienden que sí tuvo ánimo de lucro y que afectó a los intereses financieros de la UE, aunque consideran que sí se puede aplicar a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos.
“Estamos ante actos de malversación de fondos públicos a los que no es de aplicación la ley de amnistía”, sostienen los fiscales en un documento al que ha tenido acceso Europa Press.
Según explican, “conforme al derecho comunitario la malversación de fondos públicos afecta a los intereses financieros de la Unión Europea”, por lo que consideran que quedaría excluida de la amnistía porque así lo fija la ley aprobada este jueves en el Congreso.
Los fiscales inciden, además, en que es “claro” que sí hubo un ánimo de lucro y un “beneficio patrimonial” en el caso del expresidente catalán Carles Puigdemont, del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, de los exconsejeros huidos Toni Comín y Lluís Puig, y de los exconsejeros condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
En este sentido, insisten en que éstos percibieron dicho “beneficio” en cuanto dedicaron fondos públicos “a fines inconstitucionales de extraordinario costo que les beneficiaban para conseguir sus propósitos”.
Así las cosas, los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno recuerdan que en la propia ley de amnistía “quedan excluidos” los actos constitutivos de delito de malversación “siempre que haya existido propósito de enriquecimiento”.
Y subrayan que en este caso Puigdemont, Junqueras, Comín, Puig, Romeva, Turull y Bassa –“con ánimo de lucro”– se “apropiaron de fondos públicos, con beneficio patrimonial propio y sin restitución alguna de los bienes separados para siempre de su función legítima y constitucional”.
“Con el dinero sustraído de las arcas públicas se pagaron servicios y contratos públicos que daban cobertura, respaldo y solvencia a un proyecto político exclusivo de los autores beneficiados”, añaden.
Sobre este extremo, cabe recordar que el Supremo –al revisar el caso del ‘procés’ tras la reforma del Código Penal por la que se modificó la malversación– ya revisó el concepto de enriquecimiento y ánimo de lucro e insistió en que “nunca podrá entenderse” que la actuación de los condenados estuviera “ausente” de dicho ánimo.
EN CONTRA DE LEVANTAR ÓRDENES DE DETENCIÓN E INHABILITACIONES
Al margen, los cuatro fiscales del ‘procés’ entienden que la ley de amnistía no afectaría a las inhabilitaciones que Junqueras, Romeva, Turull y Bassa tienen vigentes por malversación después de que el Gobierno les indultara la pena de prisión en 2021.
Según señalan, “no pueden considerarse finalizadas y extinguidas” las penas de inhabilitación en cuestión, “ya que las acciones por las que fueron condenados no están comprendidas en el ámbito de aplicación de la ley de amnistía”.
Los fiscales también se oponen al levantamiento de la orden nacional de detención que están activas contra Puigdemont, lo que complicaría su regreso a España. Lo mismo opinan sobre los casos de Comín y Puig.
Cabe recordar que el Supremo procesó a los tres en rebeldía por un presunto delito de malversación y uno de desobediencia. El instructor Pablo Llarena está a la espera de tomarle declaración indagatoria para poder avanzar hacia juicio. Tiene una orden de detención nacional, pero la euroorden está desactivada.
APLICACIÓN DE LA LEY
Los cuatro fiscales han entregado a García Ortiz el documento con sus conclusiones en una reunión celebrada este mismo jueves. El fiscal general les había convocado al encuentro junto a los dos fiscales jefes de sección de lo Penal del Supremo y al fiscal del Tribunal Constitucional. Está previsto que mañana viernes se reúna con los fiscales superiores de Cataluña.
Según las fuentes consultadas, en la reunión se han abordado los caminos procesales para la aplicación de la ley en todas las causas a las que afecta.
Cabe recordar que la ley de amnistía fija que los tribunales tendrán que aplicar la norma en un plazo máximo de dos meses. El Tribunal Supremo y los juzgados y tribunales de Cataluña son los que acumulan la mayoría de las causas relativas al proceso independentista.
En el Constitucional, por su parte, se prevé que se presenten cuestiones de inconstitucionalidad –por parte de los jueces en casos de dudas sobre la legalidad de la ley– o recursos de inconstitucionalidad –al menos de la mano del PP, que ya ha anunciado su intención de acudir a la corte de garantías–.
Sobre este extremo, fuentes jurídicas recuerdan que los tribunales antes de adoptar cualquier decisión tienen que consultar a las partes del procedimiento, incluida la propia Fiscalía. De ahí la importancia de que en el Ministerio Público se fije un criterio sobre la aplicación del texto legal.