Absuelto de todos los delitos el acusado de acosar a Pablo Iglesias e Irene Montero en su vivienda
Una jueza de Madrid ha absuelto de todos los delitos al hombre que fue juzgado por acosar a Pablo Iglesias y a Irene Montero en su vivienda de Galapagar (Madrid) durante el año 2020, cuando fue diariamente a las puertas de su casa hasta que otro juzgado dictó una orden de alejamiento.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 14 de Madrid ha absuelto a Miguel Ángel F. de los delitos de injurias, injurias graves a las instituciones del Estado, coacciones y revelación de secretos.
El único hecho que la jueza considera punible es que el acusado portase una pancarta en el que denigraba a la entonces ministra de Igualdad tildándola de “analfabeta” y añadiendo que su único mérito era “tener las rodilleras gastadas”, pero no lo condena por considerarlo prescrito.
Del resto de las acusaciones, incluida la grabación y difusión de un vídeo en el que se veía parte de la vivienda, la magistrada no aprecia que se haya cometido delito. A su juicio, las protestas llevadas a cabo frente a la casa del entonces vicepresidente del Gobierno y de la ministra, aunque molestas, eran de naturaleza política.
El ahora absuelto afrontaba una petición fiscal de tres años de prisión por acoso e injurias a la pareja. La acusación particular solicitaba un año y medio de cárcel para el procesado. En el juicio, Iglesias y Montero relataron la situación de “angustia” y “estrés” que soportaban a diario con insultos a diferentes horas del día, lo que cesó en diciembre de 2020 hasta que intervino un juzgado.
En la argumentación, la jueza expone que las concentraciones en el domicilio de Iglesias arrancaron antes de que Miguel F. acudiera a las mismas y se mantuvieron tras la medida cautelar que le impidió acudir a las protestas por la gestión del Gobierno en relación al covid, por lo que continuó “el ruido y las molestias que dichas concentraciones generaban”. La magistrado afirma que a pesar de que la acusación particular situaba a este como el instigador de las protestas en la vivienda, no hay corroboración periférica alguna más allá de lo que manifestaron los querellantes, por lo que no ha quedado acreditado.
Considerando como lo sucedido como ‘un escrache’, la jueza recalca que en este caso hay que tener en cuenta “el contexto temporal y político en el que se produjeron los hechos tras la suspensión del derecho fundamental de circulación de las personas” por la pandemia, que en aquella época vivía sus peores momento.
Así, expone que las alegaciones del acusado en el juicio de que solo pretendía protestar contra la política del Gobierno en relación a la gestión de la pandemia no se pueden considerar “ni absurdas ni arbitrarias”.
Pero si es jarabe democrático de que se queja es su medicina que repartió el mismo.
Ay Dios mío esto insufrible, otro disgusto al hígado con unas botellas de cava de Almendralejo