Varapalo del Tribunal Supremo a AMIC-UGT de Cataluña tras el despido improcedente de uno de sus trabajadores
Guillermo Morales.- El Tribunal Supremo de España acaba de confirmar la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 27 de febrero de 2012 que declaraba la improcedencia del despido de un trabajador de AMIC-UGT de Cataluña, llevado a cabo por el sindicato el pasado 3 de noviembre de 2010; y condena a la entidad a abonarle casi 40 mil euros.
El Tribunal Supremo de España acaba de confirmar la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 27 de febrero de 2012 que declaraba la improcedencia del despido de un trabajador de AMIC-UGT de Cataluña, llevado a cabo por el sindicato el pasado 3 de noviembre de 2010; y condena a la entidad a abonarle casi 40 mil euros.
La historia de H.B se remonta hace unos años atrás cuando fue designado por los trabajadores como representante sindical de una entidad “sin ánimo de lucro”: AMIC (Associació d’Ajuda Mútua d’Immigrants a Catalunya) perteneciente al Sindicato UGT de Cataluña. Según ha relatado a Legalcity el propio H.B., su postura era muy incómoda para el sindicato porque “no es posible que defendamos los derechos de los trabajadores puertas afuera cuando los derechos de los que estamos dentro no se cumplen”.
Un buen día, sin haberle cesado como representante sindical, le dieron una carta de despido alegando “supuestas irregularidades” en la compra venta de contratos de trabajo. Hechos por los cuales ningún Juzgado le ha condenado ni ha podido probar y que por tanto le asiste el principio de presunción de inocencia.
Esto significa que le despidieron siendo representante sindical sin las garantías que el propio sindicato exige a las empresas y que ofrece la Ley; por lo que decidió demandar, sin dudarlo bajo la asistencia letrada del equipo jurídico de Legalcity; un despacho de abogados y asesores con sede central en Barcelona.
Hace apenas unas horas el Tribunal Supremo español ha declarado improcedente su despido obligando a AMIC-UGT de Cataluña a que le indemnice con la cantidad de casi 18 mil euros más los salarios de tramitación hasta la fecha de la sentencia, lo que harían un total de casi 40 mil euros; más las costas procesales.
Más allá de las conjeturas de este caso, por increíble que parezca, los jueces han dejado bien claro en la sentencia que, de acuerdo al Estatuto de los Trabajadores “cuando el trabajador fuera representante legal de los trabajadores o delegado sindical procederá la apertura de un expediente contradictorio en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere si los hubiere”. Pero AMIC-UGT de Cataluña se saltó la ley a la torera y nunca abrió expediente contradictorio; o lo que es lo mismo, le despidió sin las garantías legales establecidas. La sentencia del Supremo confirma este extremo declarando además la inadmisión del Recurso de Casación que presentó AMIC-UGT: “Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de las costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constituido, dándose a a la consignación efectuada el destino legal”; dice el Supremo en el Auto contra el cual ya no cabe recurso alguno.
“Una consecuencia legal tan evidente” -dicen los tres jueces que firman la sentencia- donde ningún tipo de argumentación podría aportar algo; a lo “evidente” de un despido sin ningún tipo de garantías. Razón por la cual los jueces declaran improcedente el despido que acaba de confirmar el Tribunal Supremo.
Legalcity lamenta que existan empresas y empresarios que sin acatar debidamente lo que establece la Normativa despidan de manera improcedente a sus trabajadores pensando que no hay ley que ampare al trabajador. Aunque quizás lo más lamentable es que en este caso quien despidió al trabajador es una entidad que dice defender los derechos de los trabajadores. Ante estos hechos ¿qué más podemos esperar? ¿La verdadera razón del despido fueron los hechos que se le imputaron a nuestro cliente teniendo en cuenta que, insistimos, ningún Juzgado le ha condenado ni ha podido probar? El lector que saque sus propias conclusiones.
Después de 2 largos años SE HIZO JUSTICIA!!! Recientemente ha salido la sentencia sobre este caso dando el juez la razón a la asociación AMIC-UGT. Ahora se puede retractar señor Guillermo. Retráctese de la difamación que ha hecho del sindicato. Retráctese ante la gente que usted dice defender. Retráctese ante la gente que lee sus publicaciones porque usted no dice más que mentiras y todo para que el bufet donde usted trabajó ganara unos cuantos clientes… Usted dice “Legalcity lamenta que existan empresas y empresarios que sin acatar debidamente lo que establece la Normativa despidan de manera improcedente a sus… Leer más »
al sr mohammed :
nadie esta libre de chantajistas y muchos de ellos que acusan a sus compañeros hoy preguntarles por lo que han hecho en sus tiempos y trayectorias y como se han sacado provecho hasta de lo mas cercanos …y hora juegan del santo prefecto .eso no lo traga ni al papa
…hay que refrescar la memoria un poco y si tienes un compañero que pasa de la ralla ..aconseja le o avisa le antes de darle una puñalada a la espalda ……y como lo haces te lo hacen ..es la ley de la vida……SALAM
Después de 2 largos años SE HIZO JUSTICIA!!! Recientemente ha salido la sentencia sobre este caso dando el juez la razón a la asociación AMIC-UGT. Ahora se puede retractar el señor Guillermo. Retráctese de la difamación que ha hecho del sindicato. Retráctese ante la gente que usted dice defender. Retráctese ante la gente que lee sus publicaciones porque usted no dice más que mentiras y todo para que el bufet donde usted trabajó ganara unos cuantos clientes… Usted dice “Legalcity lamenta que existan empresas y empresarios que sin acatar debidamente lo que establece la Normativa despidan de manera improcedente a… Leer más »
El supuesto cliente de amic tendra nombre y apellidos, como yo MOHAMMED DAOUIEB EL MOKHTAR
estaria encantado de conocerte ya como clliente segun usted esta al corriente del proceso judicial ? Fiel cliente
amic no tiene celientes ,tiene usuarios
Hola Buenos dias
estoy muy urgulloso de la decision que tomo el sindicato,en cuando se entero de los abusos que sufrian algunos trabajadores extranjeros en este caso, ya que se llego a aprovechar de su situacion de extrema vulnirabilidad, para que el sr en cuestion aprovechando de la confianza que llegaron a depositar en el tanto sus compañieros de trabajo como el sindicato, a lucrarse de Forma ilicita, y cobarde, en el sindicato al cual pertenezco no se le tiemblo el pulso y de Forma tajante y valiente a despidir sin vacilaciones……………………..
Señor Mohamed !
es muy fácil acusar a alguien , pero para demostrarlo es otra cosa , tu estas acusando a un compañero tuyo de algo muy fuerte al mejor tendrás que demostrar delante un juez si el presenta una querella , teniendo en cuenta que las causas penales a las que te refieres están archivas por falta de pruebas!!!!!!!
¿La verdadera razón del despido fueron los hechos que se le imputaron a nuestro cliente teniendo en cuenta que, insistimos, ningún Juzgado le ha condenado ni ha podido probar?
La justicia es lenta. El juez ha reconocido que hay 2 CAUSAS PENALES CONTRA ESE SEÑOR. Habrá que esperar las sentencias, no se adelante Guillermo.
Por cierto, una denuncia la interpuso Amic y la otra??? No cree que cuando el río suena (y 2 veces) es porque agua turbia lleva??? Se lo dejo a la reflexión Guillermo
No haga usted de filósofo ni haga demagogia contra los sindicatos
El despido de ese empleado de la Asociación de Ayuda a Inmigrantes de UGT (Amic), que era delegado sindical de los trabajadores se dio cuando se detectó “irregularidades” en sus funciones al estar presuntamente vendiendo contratos de trabajo a inmigrantes en situación irregular. Según la sentencia, el juez reconoce que hay dos causas penales aún pendientes de resolver por este motivo. El sindicato defiende a los trabajadores pero no a la corrupción y por eso se denunció y despidió a ese trabajador
Y estos sindicatos son los defensores de los trabajadores, la verdad prefiero tener un enemigo conocido que un amigo por conocer.
El despido de ese empleado de la Asociación de Ayuda a Inmigrantes de UGT (Amic), que era delegado sindical de los trabajadores se dio cuando se detectó “irregularidades” en sus funciones al estar presuntamente vendiendo contratos de trabajo a inmigrantes en situación irregular. Según la sentencia, el juez reconoce que hay dos causas penales aún pendientes de resolver por este motivo. El sindicato defiende a los trabajadores pero no a la corrupción y por eso se denunció y despidió a ese trabajador