La Audiencia de Barcelona condena a un portero de discoteca por impedir a dos transexuales la entrada en una discoteca
La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena a un portero de discoteca de un año de inhabilitación para ejercer esta profesión y a una indemnización por daños al haber denegado a dos transexuales la entrada en una discoteca.
En un auto recogido, la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona rechaza el recurso de apelación presentado por Fernando H., en el que alegaba un error de valoración de la prueba, y ha concluido que “es evidente que se les denegó la entrada al local, discriminadamente por razón de orden sexual”.
Añade la Audiencia que el dato de que el condenado tenga una hija transexual, “no excluye los hechos delictivos”, pues reitera que no les dejó entrar por la condición sexual de las perjudicadas.
Según informó la Fiscalía de Barcelona cuando en marzo el juzgado dictó el fallo, se trata de la primera sentencia conocida en España en la que se aplica el artículo 512 del Código Penal para este tipo de hechos.
Este artículo del Código Penal se refiere a los profesionales que deniegan a una persona una prestación a la que tenga derecho “por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía”, para los que establece penas de uno a cuatro años de inhabilitación.
Este caso sucedió sobre las dos de la madrugada del 30 de octubre de 2011, cuando el portero, de la discoteca Get Back de la calle Aribau de Barcelona, no dejó entrar a las mujeres argumentando que “su jefe no quería mezclar los ambientes”, en alusión a su condición de transexuales.
Esa fue la segunda de las excusas ya que, en un principio, les dijo que no podían entrar porque el aforo estaba lleno, aunque seguían entrando más personas al local, según los hechos que la sentencia consideró probados.
El acusado, responsable de la puerta, había declarado en el juicio que “es padre de una chica transexual y no tiene prejuicios”, que trabajaba en la discoteca desde 1983, y que no se les dejó entrar por problemas de aforo.
Me parece que la culpa es del dueño de la discoteca mas que del portero.
Hay un dicho en italia: “ambasciator non porta pena”
(Embajador no lleva lastima)
Recuerdan al ENGENDRO GROTESCTO que ganò Eurovision ……………….??? Pues ya se tienen que ir enterando que nos quieren hacer tragar a todo invertido , sodomita , marica , operado , LGTB , homosexual , bollera , lesbiana y demas perversion y desviacion sexual POR LA FUERZA. El ataque directo contra los antiguos valores tradicionales y familiares esta en su maxima expresion dentro de Europa. Defender la decencia , la moral , el honor es cosa del pasado si es que no te llaman: FACHA , NAZI , NEO NAZI , FASCISTA y demas bellos titulos . Ahora la MODA es… Leer más »
Quien se ofenda por que le llamen facha, nazi o fascista lo único que hace es hacerles el juego a todos los ingenieros sociales y a las castas oligárquicas.
No solo son ataques contra la FAMILIA TRAIDICIONAL, son ataques contra la LOGICA, el SENTIDO COMUN y la RAZON.
EL poder de la mafia gay y de la ideología de género. En muchas discotecas no dejan entrar si no llevas zapatos o una vestimenta medianamente adecuada, pero eso no importa ni es discriminatorio, sin embargo reservarse el derecho de admisión para desbarajustados psíquico-hormonales parece que es un delito… ¿Dónde quedó eso del derecho de admisión? Vivimos en un estado de tipo comunista-matriacal totalitario donde la conciencia y la libertad están por debajo de la dictadura estatal. Vivimos en una dictadura tremenda pero con telemierda, droga y vicio la gente cree que es libre cuando lo único que les dan… Leer más »
Discrepo de los jueces.
Antes que tu derecho a entrar o no en mi casa, prevalece el mio para decidir quién entra y quién no.
Si se entiende por la justicia que es al revés, entonces deberé entender que la justicia sirve unos intereses que nada tienen que ver con la realidad racional de las cosas y sí tienen que ver con unas imposiciones de pensamiento único.
Si se me argumenta que “mi casa” -establecimiento público- es un lugar que presta un servicio social, y de ahí se antepone su derecho al mio, entonces deberé entender que cuando mañana mi negocio quiebre, al ser un establecimiento con “finalidad social” el estado deberá correr con las pérdidas y rehabilitarmelo, al igual que hace con los bancos.
ó, por el contrario,
Estamos para las duras, que las maduras son para los que no hacen nada y se lo llevan todo.
El programa de Soluciona debería hablar sobre el sacro santo derecho de admisión.
En esta Europa trasnochada de Bruselas no se respeta al empresario.
Me parece bien que se aplique la ley para castigar a ese delincuente. No se puede discriminar a alguien solo porque padezca un trastorno mental, de ahi a volver a encender los hornos e incinerar a seis mil millones de travelos hay un paso muy pequeño, y el suelo de Barcelona esta muy resbaladizo con tanto aceite que se les cae del ojete a las legiones de sodomitas que por alli pululan. Un 10 para ese juez.
Vaya, tú lo llamas enfermo mental y te quedas tan pancho, el portero sin embargo no puede evitar que se le cuelen 2 degenerados y se pongan a hacer mamadas…
No los discriminó por travelos sino por impresentables, el travestismo es una patología inofensiva ( al menos en teoría).
Si un empresario no tiene reservado el derecho de admisión apaga y vámonos. Si yo el día de mañana abro un bar no quiero ni inmigrantes no Europeos, ni conchitos wurst ni degenerad@s varios.
…es que yo si veo hoy a unos guarros de esos, hoy, mañana tambien, yo giro y puerta, como yo un monton de gente, el local se queda sin parroquia