El voto por correo en las elecciones del 21D: cómo pedirlo y cuándo enviar mi papeleta
Quedan solamente 11 días para las elecciones catalanas de 21 de diciembre pero todavía sigue abierto el plazo para pedir el voto por correo. Todos los que quieran votar desde dentro del territorio nacional tienen hasta mañana lunes día 11 para solicitarlo. Por contra, los que quieran votar desde el extranjero ya deberían haberlo pedido.
Estos son los pasos que deben seguir quienes quieran votar por correo (y desde España) en las elecciones del 21D:
1.- Pedir el voto (hasta el 11 de diciembre): los impresos de solicitud de voto por correo se encuentran a disposición de los electores en las oficinas postales de toda España. Una vez rellenado el impreso, el elector lo entregará de forma gratuita en cualquier oficina de Correos. «Se deberá exhibir el original del Documento Nacional de Identidad –no sirve el resguardo del DNI en trámite, puesto que en este no aparece la fotografía del titular–, Permiso (carné) de conducir (con fotografía) o Pasaporte (con fotografía) con el fin de que el empleado postal pueda comprobar su identidad y firma. Se aceptará la presentación de estos documentos aunque estén caducados, pero han de ser los originales, en ningún caso fotocopias», apuntan desde Correos.
2.- Recepción de las papeletas (del 1 al 14 de diciembre): La oficina correspondiente, «remitirá al elector por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto», explica la web de Correos. «La entrega de esta documentación se realizará siempre personalmente al interesado y en el domicilio señalado en la solicitud». Si no estamos disponibles las dos veces que nos lo intenten entregar, se dejará un aviso para que el interesado pueda recoger las papeletas en la oficina postal que le corresponda.
3.- Emisión del voto (del 2 de diciembre hasta las 14.00 horas del día 18 diciembre): El elector llevará el sobre oficial, con el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta, a cualquier oficina postal de España. «El envío será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito», garantiza Correos. «En caso de enfermedad o incapacidad, se deberá acreditar la misma mediante certificación médica oficial la cual deberá ser incluida junto al impreso de solicitud del voto por correo y dicha solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por persona autorizada notarialmente o consularmente. Cada elector sólo puede estar representado por una persona autorizada y cada persona autorizada sólo puede representar a un elector».
Pongamos que, después de las elecciones generales del 2015, alguien ingeniara un sistema fraudulento para crear personas de la nada. Gente que no existe pero que estaría empadronada por todo el territorio español. Es evidente que semejante engaño debería contar con alguna colaboración dentro del INE, algo que dudo porque ese organismo es de los pocos con garantías dentro del estado español. Pero, repito, en una ficción todo vale… El asunto sería crear un censo falso con gente inventada que presuntamente podría votar por correos, por cierto, CORREOS es una empresa pública que depende del gobierno español… Ya puestos, aunque… Leer más »