El juez del Supremo sitúa a Rovira en la dirección del “procés”
El juez del Supremo Pablo Llarena basa la fianza de 60.000 euros a pagar en 10 días y la obligación de comparecer cada quincena ante los tribunales, que impuso el lunes a Marta Rovira (ERC), en la capacidad “decisoria” que le atribuye sobre el proceso soberanista.
En un auto notificado este mércoles el juez apunta que Rovira tenía “capacidad decisoria” en la concepción del “procés” y en la organización del referéndum ilegal y participó en las reuniones para dirigir el proceso soberanista, todo ello según intervenciones telefónicas y el documento EnfoCats y la agenda incautados a Josep María Jové, la mano derecha del vicepresident de la Generalitat y president de ERC Oriol Junqueras.
No obstante, ha evitado la prisión provisional para ella porque no aprecia riesgo de fuga por su arraigo y “por su comportamiento en los últimos meses, que no ofrece ningún atisbo de posible ocultación”, según explica en el auto en el que adopta la citada fianza para ella, que deberá ser abonada en un plazo de 10 días a contar desde este jueves.
En el mismo auto el magistrado ordena la libertad provisional para Artur Mas “con independencia de cuál sea la dimensión penal que alcance su intervención en las distintas reuniones en las que se debatieron y concretaron algunos de los elementos esenciales de la estrategia que se adoptó para buscar la independencia”.
“Ni la manera en que el investigado”, dice el auto en referencia Mas, “se ha enfrentado a sus responsabilidades judiciales hasta la fecha, ni la nula detentación de responsabilidades que ahora presenta, en lo que hace referencia al riesgo de reiteración delictiva, justificarían una medida de prisión provisional”.
Mucho más duro es el auto respecto a la dirigente de ERC antes citada, pues señala que la responsabilidad política del mayor nivel que detenta Rovira resulta coherente con que “tuviera una función decisoria en la concepción y el la ejecución de un proceso soberanista que fue el centro de la actividad política durante la legislatura, tal y como se le atribuye en el documento EnfoCats”.
En cuanto a la agenda de Jové, a la que también hace referencia el juez, en ella “se refleja la participación de la investigada en diversas reuniones totalmente ajenas a su portavocía parlamentaria”.
Se trata, dice el juez, de “unas reuniones en cuyo seno se debatía la mejor estrategia que debía seguirse para lograr la independencia”.
A estos indicios de responsabilidad penal el magistrado suma que Rovira “impulsó personalmente” la ley del referéndum y la de transitoriedad política y fundación de una república catalana “cuando su prohibición por el Tribunal Constitucional era notoria”.
“Y por último, entre las evidencias más marcadas, las indagaciones recogen diversas conversaciones telefónicas en las que se aprecia que la investigada participaba, con una clara capacidad decisoria, en la organización y provisión de los centros de votación en los que pretendía celebrarse el referéndum ilegal que debía conducir a la declaración de independencia”, concluye.
Cuando leo estas cosas solo me queda una pregunta “muy seria” por hacer: señor juez, y eso se le ha ocurrido a usted solo?
Esperaremos la sentencia.
Pero el proceso no hubiera sido posible sin la incompetencia de Maríano.