Un juzgado de Marbella absuelve a UBS Bank de la mayor demanda por el caso Lehman Brothers
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Marbella (Málaga) ha absuelto a UBS Bank de pagar 12 millones de euros a un cliente por su inversión en bonos de Lehman Brothers y que presentó la mayor reclamación dineraria registrada en España por la quiebra de la entidad estadounidense.
La sentencia desestima la petición de nulidad del contrato solicitada por el cliente al concluir que éste “no ha acreditado la concurrencia de ninguno de los incumplimientos que imputa” a la entidad. Contra el fallo cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga en un plazo de cinco días.
El demandante era un cliente de la oficina de banca privada de UBS en Marbella que invirtió todo el beneficio de la venta de unos terrenos en bonos estructurados de Lehman Brothers. El cliente perdió su inversión con la quiebra de la entidad el 15 de septiembre de 2008.
“No siendo previsible para UBS Bank que Lehman Brothers se declararía en quiebra en septiembre de 2008, es evidente que no puede imputársele que omitiera una información de la que nadie disponía al tiempo de suscripción de los productos”, señala la sentencia.
La sentencia considera que la entidad suiza “dio cabal cumplimiento a las obligaciones contractuales” contraídas con el cliente, quien reclamaba a la juez la nulidad del contrato por “vicio en el consentimiento por dolo” derivado de la falta de información recibida en el momento de la firma.
PRODUCTOS APTOS A SU PERFIL
La juez Estefanía Zapico considera acreditado que los productos contratados por el cliente “eran aptos” a su perfil, que “éste conocía y en su defecto estaba en condiciones de conocer su contenido, así como la identidad del emisor y garante de los mismos”.
Además, el dictamen concluye que UBS “facilitó al cliente toda la información necesaria para el conocimiento de los productos que adquiría” y que no incurrió en un conflicto de intereses derivado de la venta de unos productos por los que obtenía un beneficio comercial.
La sentencia considera que los cuatro contratos firmados entre la entidad y el cliente eran sólo mandatos de compra de los bonos estructurados y no incluían asesoramiento en gestión de cartera o de administración de patrimonio.
La juez niega al demandante su condición de consumidor al concluir que él mismo reconoció en sede judicial que el dinero era para mantener “su actividad empresarial” e incluso realizar “otras operaciones”, como la compra de acciones de Rubas.
En concreto, la sentencia relata cómo el demandante firmó las órdenes de compra en julio de 2005 y hasta la quiebra de la entidad recibió comisiones que ascendían al 0,21%, al 0,33%, al 0,30% y al 0,53% anuales.
El banco suizo UBS cifró su exposición total a la quiebra del banco estadounidense en menos de 300 millones de dólares (212 millones de euros) entre su red de oficinas diseminada en más de 50 países.
La segunda mayor reclamación presentada ante los juzgados españoles por afectados por la quiebra de Lehman Brothers fue la presentada contra Citibank por 122 afectados que invirtieron cerca de 3,2 millones de euros y por otro grupo de 475 clientes. El conflicto judicial finalizó con el acuerdo por el que la entidad pagó 42,5 millones de euros a los afectados españoles.
Por otro lado, el pasado mes de marzo, el Juzgado de Primera Instancia número 87 de Madrid condenó a Bankinter a devolver a 72 afectados por la quiebra de Lehman Brothers parte del precio de adquisición de los bonos. Las partes aún pleitean para determinar la cantidad a pagar.