El Supremo anula una querella de la Asociación de Veteranos del Ejército contra Iglesias
La Sala de lo Penal ha archivado la denuncia presentada por un particular, en nombre de la Asociación Nacional de Veteranos de los Tres Ejércitos, contrael vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, por un supuesto delito del artículo 510 del Código Penal que persigue la incitación al odio.
Los hechos denunciados se basan en una intervención de Pablo Iglesias en la tribuna de oradores del Congreso de los Diputados, en la sesión parlamentaria del 29 de abril de 2020, en la que dijo: «para mí es un honor representar a un grupo político dentro del cual, hay un partido con casi 100 años de historia, el Partido Comunista de España, que fue condición de posibilidad de la derrota de la dictadura, de la construcción de la democracia en nuestro país y de la Constitución del 78…».
El juez Pablo Llarena entiende que sus declaraciones no sólo no constituyen un delito de odio sino que «son reflejo de la asunción y el ejercicio de los principios constitucionales democráticos más esenciales», sin que pueda entenderse constitutiva de infracción penal cuando se proclama de un partido político inscrito en el correspondiente Registro desde el 9 de abril de 1977.
El magistrado añade que los hechos «no son constitutivos de infracción penal sino la expresión de una sociedad libre, plural y democrática», y recuerda que el artículo 71.1 de la Constitución española recoge que los diputados y senadores gozan de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
100 años de historial criminal querìa decir el moñas.
Pero cuando la carmen calvo y este tipo iglesias, saquen la ley que condena don 150.000 euros si hablas bien de Franco.
¿Ese mismo juez iniciará procedimiento para declara ilegal tal ley, por violar los derechos de expresión?.
Me temo que se callará.
Si, libertad de expresión, pero ¿Y en el otro sentido?.