Condenado un guardia civil por tirotear a otro tras proponerle un intercambio de parejas
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año y dos meses de prisión a un guardia civil que realizó dos disparos a un compañero en una discusión que se inició porque le había propuesto un intercambio de parejas.
La Sala de lo Militar ha dictado una sentencia que desestima los recursos de los agentes implicados contra la resolución del Tribunal Militar Territorial Cuarto.
Los hechos ocurrieron el 29 de marzo de 2017 en el Puesto de la Guardia Civil de Almarza (Soria). Aquel día los guardias civiles, que mantenían buena relación personal y profesional, estuvieron hablando a través de WhatsApp sobre asuntos ajenos al servicio.
En un momento dado, la conversación se tornó tensa, cuando un agente sugirió un intercambio de parejas a otro, quien le contestó reclamando respeto y seriedad con esas cuestiones. Pese a que el agente se disculpó, llegaron a intercambiarse insultos y amenazas.
Hacia el final del servicio, el agente que propuso el intercambio quería hablar con su compañero para aclarar las cosas y le localizó en un parque ya de noche paseando a su perro.
Allí, ambos de uniforme y armados, volvieron a discutir hasta que el agente que estaba con su perro decidió volver a casa, a lo cual el otro respondió sacando el arma y efectuando un disparo que pasó cerca de las piernas del guardia civil.
Este, al percatarse de lo ocurrido, se abalanzó sobre su compañero para quitarle el arma, pero el otro agente realizó otro disparo, cuya bala se fue al aire. Finalmente, consiguió arrebatarle el arma.
Tras ello, ambos agentes fueron a la vivienda de otro guardia civil, que ejercía las funciones de comandante, para explicarle lo ocurrido. Este, a quien uno de los agentes le acusó de haber estado bebiendo cuando estaba de servicio, les dijo que no avisasen al capitán porque si no todos tendrían problemas .
Tras recoger los casquillos del parque, el agente víctima de los hechos regresó al pabellón y le dijo a su compañero que ejercía funciones de comandante que informase al capitán, pero se negó, por lo que le quitó el teléfono y llamó. El capitán le contestó que iba inmediatamente para allí.
Entonces comenzaron a discutir y cuando el agente al mando se iba a marchar a casa, el otro le cerró la puerta atrapándole la mano, que empezó a sangrar abundantemente.
Salieron de allí para ir a casa del agente herido sin dejar de discutir. Pero una vez allí se enzarzaron en un forcejeo para hacerse con el arma del guardia civil que había hecho los disparos en el parque. Justo en ese momento llegó el capitán, que ordenó enviar al hospital al agente herido y buscar a su compañero que había realizado los disparos y que fue detenido poco después.
Así, el Supremo confirma todas las condenas. Al guardia civil que realizó los disparos le impone un año y dos meses de prisión por un delito relativo a los derechos fundamentes y las libertades públicas por los militares en su modalidad de “maltrato de obra”.
También al agente que estaba de comandante le impone tres meses de cárcel por un delito contra los deberes del servicio, mientras que al agente que lesionó la mano de este último le impone una multa de 600 euros por un delito contra la eficacia en el servicio, además de otros 3.000 euros al guardia civil que hirió.