El Consejo Fiscal avala los tramos de edad para el cambio de sexo en menores con la objeción de 6 vocales
El Consejo Fiscal ha avalado el sistema de tramos de edad para el cambio de sexo en el Registro Civil que contempla la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, aunque con el voto particular de seis de sus doce vocales que entienden que sólo debe hacerse con autorización judicial.
La ley, que se encuentra en tramitación parlamentaria, establece que los menores de edad, a partir de los 12 años, podrán proceder a la rectificación registral de la mención relativa a su sexo, y se diferencian tres tramos: los menores de 12 y 13 años necesitarán autorización judicial; de 14 a 16, asistidos por sus padres; y a partir de 16, sin ninguna limitación.
En su informe, consultado por Europa Press, el Consejo Fiscal considera que, “en aras de la seguridad jurídica, la opción del prelegislador de concretar edades, predeterminando por tanto cuándo concurre madurez, está justificada”.
La otra opción, según añade, que se integraría por la habilitación de los menores respecto de los que se acredite madurez suficiente “abre espacios no deseables a la inseguridad”.
En cualquier caso, aunque el Consejo Fiscal ve “correcta” la “supresión de la exigencia de tratamientos médicos”, considera que “simultáneamente podría mantenerse la necesidad de acreditar la estabilidad en la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento”.
“Esta solución preservaría la finalidad perseguida de despatologización y al mismo tiempo coadyuvaría a satisfacer las exigencias de seguridad jurídica y de interés general”, apunta.
Voto particular
No obstante, seis de los doce vocales del Consejo Fiscal han emitido un voto particular en el que subrayan la necesidad de una autorización judicial para que los menores de edad realicen el cambio registral.
Los firmantes de este voto particular son: Beatriz Sánchez, Eva Más, María Isabel Gómez, Roberto Valverde, Jorge Andújar y Miguel Rodríguez. Aunque forman la mitad del Consejo Fiscal, el informe ha sido aprobado porque, en caso de empate, prevalece el voto del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
“Consideramos que el superior interés del menor de edad, en una cuestión de suma relevancia como es la relativa a la rectificación registral de la mención relativa al sexo, aconseja que exista una máxima individualización de la situación del menor en concreto, lo que es incompatible con el establecimiento de tramos de edad”, opinan.
Los vocales estiman que no todos los menores que se encuentran en cada uno de estos tramos de edad tienen la misma madurez, por lo que creen que “la única vía de ponderar la situación de cada menor es mediante el establecimiento del mecanismo de la autorización judicial”.