Las nuevas obligaciones derivadas de la Ley de Protección Animal
La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar Animal es una normativa que, en su encabezamiento, define a los animales como “seres sintientes” (sic) que tienen derechos que deben ser salvaguardados.
El desarrollo normativo de la ley fija el marco legal para que esa salvaguarda se realice de forma efectiva. Como toda nueva ley, su entrada en vigor supone una serie de novedades, que en este caso afectan a cualquier persona que críe, explote, comercialice o posea animales.
Novedades que implica la aplicación de la nueva Ley de Protección Animal
Son las que siguen:
- Se establece la obligatoriedad, para todos los propietarios de perros, de contratar un seguro con cobertura de responsabilidad civil. Más adelante hablaremos de esa cobertura y de los diversos seguros en los que puede incluirse la misma.
- Se endurecen las penas por maltrato animal, que pueden incluir la inhabilitación para la tenencia de animales y hasta cuatro años de prisión.
- Se prohíbe el sacrificio de animales de compañía, salvo por motivos sanitarios o cuando el sacrificio se produzca para evitar sufrimiento a los animales.
- Es obligatorio identificar a perros, gatos y hurones con un microchip.
- Las aves de compañía deben ser identificadas mediante anillado.
- Los animales de compañía tendrán que estar inscritos en un registro nacional de mascotas.
- Se regula la cría y venta de animales, que solo podrá ser ejercida por criadores y profesionales debidamente registrados.
- Se prohíbe la venta de animales en establecimientos públicos, con la excepción de los que pertenecen a sociedades protectoras de animales u organismos de carácter similar.
- Se permite el acceso libre con perros, gatos y hurones a establecimientos públicos y al transporte público, siempre que no supongan un riesgo para la salud o la seguridad de las personas o de otros animales. Tampoco podrán acceder si el propio establecimiento coloca un cartel visible desde el exterior, en el que se anuncie explícitamente que el acceso de animales no está permitido.
- Los animales de compañía no podrán permanecer atados y solos en el exterior de establecimientos comerciales ni en las vías públicas.
- Se prohíbe el uso de collares y herramientas de retención o control que puedan causar lesiones o sufrimiento a las mascotas.
La problemática de la interpretación de esta ley
Aunque la ley está vigente desde el 29 de septiembre de 2023, muchas de sus disposiciones requieren del desarrollo de reglamentos específicos posteriores, con el objetivo de que puedan ser efectivamente aplicadas y no existan dudas de interpretación.
Por ejemplo, existe controversia en el caso de las mascotas atadas a las puertas de establecimientos públicos. En concreto, los medios ya se han hecho eco de casos de personas que han sido denunciadas por dejar al perro atado unos minutos mientras hacían la compra.
En este sentido, el propio Director General de Derechos de Los Animales (el principal impulsor de la nueva ley) ha tenido que salir a la palestra a explicar que sí puede dejarse al perro atado junto a un establecimiento, siempre que exista control visual del mismo.
Otro de los puntos que no está desarrollado y, por tanto, no ha quedado lo suficientemente claro, es el relativo al seguro obligatorio de nuestras mascotas. Dada la importancia del tema, le dedicamos un apartado exclusivo.
La Ley de Protección Animal y los seguros de mascotas
A este respecto, la nueva ley también es lo suficientemente ambigua como para que surjan muchas dudas a la hora de contratar los seguros obligatorios de ciertas mascotas, caso de los perros. Conque vamos a aclarar esas posibles dudas:
Lo que tiene que cubrir el seguro obligatorio
Según lo dispuesto en la Ley de Bienestar Animal, el seguro obligatorio de responsabilidad civil ha de cubrir los daños de cualquier naturaleza que el animal pueda causar a su dueño y a otras personas o mascotas.
¿Cuál ha de ser la cuantía indemnizatoria de la cobertura de responsabilidad civil en los seguros de responsabilidad civil para perros?
Entre otras lagunas, en la ley no se especifica ninguna cuantía indemnizatoria mínima. Así pues, ¿a qué pauta nos atenemos al contratar un seguro de responsabilidad civil para nuestras mascotas?
Pues lo cierto es que, a día de hoy, algunas comunidades autónomas ya disponen de su propia reglamentación y otras aún no han legislado nada a este respecto.
Además, en las autonomías que sí disponen de reglamentación acerca de los seguros caninos, no hay ninguna uniformidad: no solo varían las razas concretas que están clasificadas como PPP (perros potencialmente peligrosos), sino también las cuantías indemnizatorias mínimas de sus seguros de responsabilidad civil.
Esto quiere decir que si en nuestro lugar de residencia no se especifica ninguna cuantía, podemos contratar un seguro de responsabilidad civil de solo 60 000 euros y estaremos cumpliendo con lo estipulado en la Ley de Bienestar Animal.
Por el contrario, si salimos de nuestra comunidad autónoma y viajamos a otra, corremos el riesgo de encontrarnos con dos desagradables sorpresas:
- Que el animal esté considerado un PPP.
- Que la cuantía indemnizatoria de 60 000 euros sea inferior a la exigida por la normativa de dicha comunidad autónoma.
En este sentido, más allá de la cuantía establecida por normativa autonómica, tengamos en cuenta que un perro grande puede causar lesiones muy graves o incluso el fallecimiento de una persona. Y también es susceptible de extraviarse o escaparse y provocar un accidente de tráfico, aunque el animal no sea de gran tamaño.
No escatimemos pues, a cambio de ahorrarnos unos pocos euros. Vistas las sentencias judiciales por daños personales graves o fallecimientos, lo más recomendable es concertar con la aseguradora una cuantía indemnizatoria de no menos de 300 000 euros.
Añadimos que las primas de este tipo de seguros son muy bajas, con la excepción de los perros de razas consideradas de riesgo o que desempeñan tareas específicas de defensa y vigilancia.
Opciones para contratar el seguro obligatorio de mascotas
La opción directa es contratar un seguro específico de responsabilidad civil para mascotas. Sin embargo, son muchas las aseguradoras que en el seguro de hogar incluyen la cobertura de responsabilidad civil para animales domésticos.
¿Y qué alternativa es mejor? Tan válida es una opción como la otra, siempre que nos cercioremos de que el límite indemnizatorio de la cobertura de responsabilidad civil de nuestra mascota no es excesivamente bajo.
Pues yo ya paso de estas memeces. Ni vacuno a mi perro, lo dejo solo el tiempo que necesite en la terraza y sigo dejándolo atado fuera del super como hacía hasta hora. Y no voy a hacer ningún curso. A mi nadie me tiene que enseñar como mantener a mi perro y menos con estas médidas carentes de toda lógica. Ya está bien de que nos digan como educar a nuestros hijos, como tener una mascota, que comer, como trasladarnos y que decir o no. DESOBEDIENCIA !! Y QUE LES DEN POR EL CULO
Pero….si haces la compra mientras dejas atado un perro custodiado por una persona DEJANDOLE TENER sexo con el animal (sin hacerle daño. No somos brutos).
ESO SI ESTA PERMITIDO
Puro negocio si en España educarán primero eliminarían a los TOROS ese grotesco espectacular LIBELO DE SANGRE un sacrificio dedicado a quien y cual entidad de demonios satánicos. ???? Si tienen a tanto político ladrón y corrupto por qué no los sacrifican a ellos como en SINGAPUR hacen todas las semanas del año. Unos vecinos fueron a ese país llamado SINGAPUR y contaron que allá por robar un teléfono una billetera o Intentar abusar de una mujer niño o mascota LA PENA ES LA HORCA y de drogas en Singapur ejecutan al vendedor y al consumidor a los dos allí… Leer más »
Conozco a alguien que ha vivido en Singapur. El problema de ese lugar ha sido la inmigración china: llega gente del campo,muy elemental que lo mismo le da por mear en un ascensor, que por cagar en mitad de la,acera y claro, hay que poner límites.