Los policías heridos en los disturbios de Tsunami Democràtic piden que no se aplique la ley de amnistía
Los policías heridos en los disturbios atribuidos a Tsunami Democrátic han pedido al Supremo y a la Audiencia Nacional que no aplique la ley de amnistía porque «no cuenta con base constitucional expresa, lesiona gravemente el principio de igual sujeción de todos ante la ley» y «es arbitraria». En un escrito, el despacho Fuster-Fabra Abogados solicita a sendos tribunales que no apliquen la norma porque rompe «el principio constitucional de igualdad».
La magistrada del Tribunal Supremo Susana Polo investiga por estos hechos al expresidente catalán Carles Puigdemont y al diputado autonómico Rubén Wagensberg, mientras que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón hace lo mismo con la dirigente de ERC Marta Rovira y la rama de la causa que no afecta a los aforados.
Vulneración del principio de igualdad
La defensa añade que «al gravísimo vicio jurídico de vulneración del principio de igualdad, se pueden añadir otros que refuerzan su inconstitucionalidad», como «el principio de seguridad jurídica» así como «el principio de responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos».
«Resulta pues que la ley de amnistía, que no cuenta con base constitucional expresa, lesiona gravemente el principio de igual sujeción de todos ante la ley, es ambigua, arbitraria», señala el escrito que deja claro que «por el modo y objeto con que se ha gestado evidencia una impunidad pactada a cambio de mantener al PSOE en el Gobierno». Lo que a su juicio está «muy lejos de los objetivos de pacificación de los que alardean en el propio preámbulo de la ley».
Además, considera que el texto tiene «una redacción llena de rincones intencionadamente oscuros y de interpretaciones forzadas de los delitos que se pretenden amnistiar, o que se dejan fuera» como por ejemplo, cita, ocurre con la malversación.
Para reforzar su argumentación aluden a la posición manifestada por los fiscales del Supremo que intervinieron en el juicio del procés y que se apartaron de la causa al no estar de acuerdo con la posición de la Fiscalía General de amnistiar todos los delitos.
«Como argumentaron los fiscales, el desvío de fondos para la realización del referendo del 1-O no entra en las exclusiones previstas en la ley, que contempla que quedarán amnistiados los delitos de malversación siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento, y ese es el punto en el que surge una discrepancia que esta parte asume y comparte», explica la defensa.
Porque «una vez más hay que recordar que los acusados y los indultados no realizaron la modalidad de malversación pasiva (permitir que otros gastasen), sino que fueron ellos los que se apropiaron de los fondos públicos». Y en cuanto al terrorismo, defiende que «la afirmación de que en Cataluña nunca ha habido terrorismo corresponde hacerla a los tribunales penales».
Eso es clamar en un desierto…intelectual, conceptual, moral…