“Caso Koldo”: El Tribunal Supremo imputa cuatro delitos al exministro socialista José Luis Ábalos
El Tribunal Supremo (TS) investigará al exministro socialista José Luis Ábalos por el “caso Koldo” al apreciar indicios de cuatro delitos -pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación- en la exposición razonada remitida por el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, en la que solicitó su imputación dada su condición de aforado como diputado del Congreso de los Diputados. La Sala Penal, que designa instructor al magistrado Leopoldo Puente, acuerda asimismo que el resto de la investigación siga adelante en la Audiencia Nacional “salvo cuando exista una conexión material inescindible” entre algún imputado y el ex “número 3” del PSOE.
La decisión del TS abre otro frente judicial al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que se suma a la investigación a su esposa, Begoña Gómez, por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional; la que mantiene imputado a su hermano David Sánchez en un juzgado de Badajoz para intentar esclarecer su contratación por la Diputación como coordinador de conservatorios; y la imputación del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos, que llevó a la Unidad Central Operativa (UCO) la semana pasada a registrar durante diez horas el despacho del máximo representante del Ministerio Público para que los agentes se incautaran de sus correos y del contenido de su teléfono móvil
El alto tribunal ceñirá por tanto su investigación al papel de Ábalos en la supuesta contratación irregular de mascarillas y material sanitario durante la pandemia a Soluciones de Gestión, la empresa de la “trama Koldo”, para lo que reclama a la Audiencia Nacional “cuantos datos resulten de las diligencias que se practiquen y que tengan relación con los hechos atribuidos provisionalmente a la persona aforada ante esta Sala”.
El auto de la Sala, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que tras examinar la exposición razonada remitida por la Audiencia Nacional, “los hechos descritos, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, pudieran ser constitutivos, de acuerdo con la exposición razonada, de un delito de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, de cohecho y de malversación”, este último ausente en el escrito del juez Ismael Moreno. “Resulta, pues, imprescindible -subraya- continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos” de Ábalos.
Según precisa, el nombramiento de un instructor en el Supremo se lleva a cabo ,para la “investigación de los hechos de los que, indiciariamente, pudiera ser responsable el aforado y respecto de aquellas personas que por necesidades de la instrucción” resulte adecuado al considerarse que resultan inescindibles los hechos investigados para no romper la unidad de la causa. Pero mientras no se aprecie este hecho, el juez Ismael Moreno continuará con la instrucción respecto al resto de imputados. “En consecuencia, la extensión de la competencia a hechos cometidos por personas no aforadas ante el Tribunal Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los investigados a las personas aforadas”, recalca la Sala.
El Supremo asume la investigación mediante la reapertura de una causa de 2021, en la que se analizó la denuncia de un abogado contra el exministro de Transportes, respecto a la cual alto tribunal declaró su competencia pero acordó su archivo. El pasado marzo, el letrado reclamó la reapertura de la causa, contestándole el TS en septiembre que estaba a expensas del curso de la investigación del “caso Koldo” en la Audiencia Nacional.
Los indicios contra Ábalos
El juez Ismael Moreno solicitó al Supremo la imputación de Ábalos al apreciar indicios “fundados y serios” contra el ex “número 3” del PSOE de su presunta participación en los hechos investigados -la adjudicación a la empresa de la trama de contratos para la compra de mascarillas en pandemia por valor de 53 millones de euros por parte de los ministerios de Transportes e Interior y los gobiernos autonómicos de Baleares y Canarias- y de su “posible responsabilidad penal” respecto de los delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación. El instructor señalaba en sustento de esa conclusión que Ábalos “ocupaba un papel principal” en el entramado creado por el empresario Víctor de Aldama Delgado “para la consecución de negocios con las administraciones públicas” y que está acreditada “su intervención para la adjudicación de los contratos” de suministro de mascarillas a Soluciones de Gestión, así como “para la contratación por parte de dos empresas públicas”, Ineco y Tragsatec, de su pareja Jessica Rodríguez. Del mismo modo, el magistrado apuntaba que, como “pago de su mediación en la adjudicación de los citados contratos”, se benefició del “uso y disfrute” de una vivienda en una urbanización de La Línea de la Concepción (Cádiz) y otra en el Edificio Torre de Madrid (en la que estuvo residiendo Jessica Rodríguez).
La exposición razonada aludía a las presuntas “contraprestaciones económicas” que habría obtenido Ábalos o “su entorno más próximo” por parte de la “trama Koldo”, y se refería expresamente a que Aldama pagó, a través de un testaferro, 82.298 euros “para pagar el piso de Jéssica, pareja de Ábalos”. Unas contraprestaciones que, precisaba el juez de la Audiencia Nacional, “comienzan ya un año antes de las adjudicaciones públicas” a Soluciones de Gestión. Y es que a partir de marzo de 2019, Aldama “asumió el pago del alquiler de una vivienda situada en el Edificio Torre de Madrid” en la que residía Jéssica Rodríguez, “persona con la que el entonces Ministro mantenía una relación particular”, cuyo alquiler de 2.700 euros al mes pagó, entre marzo de 2019 y septiembre de 2021, un testaferro del conseguidor de la trama a través de la empresa Serma Elecom.
Del mismo modo, el instructor ponía de relieve que la investigación había hecho aflorar “varios hospedajes juntos y viajes internacionales de Ábalos como ministro en 2019 y 2020”, a Abu Dhabi, Moscú y Canadá, y la vinculación laboral de la pareja de Ábalos “con empresas públicas que formarían parte de la esfera de control del entonces ministro”: Ineco (Ingeniería del Transporte) y Tragsatec (empresa pública dependiente de la SEPI y filial de Tragsa), que la contrataron como auxiliar administrativa.
La exposición razonada recogía, según puso de relieve el juez Ismael Moreno, una “concurrencia de indicios” que vincularían !la decisión de contratar el material sanitario con Soluciones de Gestión” con la compra, por parte de Aldama, “de un chalet para disfrute de Ábalos”. Una contraprestación para la que el empresario, apuntaba el instructor, “se valió económicamente de una presunta trama dedicada al fraude en el sector de los hidrocarburos”, que investiga en otra causa el también magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz y que ha llevado a prisión a Aldama, “como contraprestación, en principio, al intento de obtención del título de operador” para la empresa Villafuel, una mediación que “quedó comprometida” con la salida de Ábalos del Gobierno de Pedro Sánchez en julio de 2021.
El juez de la Audiencia Nacional también alertó al Supremo de que las conversaciones intervenidas “permiten apreciar cómo Aldama se valió de su relación con Ábalos para influir en la concesión final del rescate” a Air Europa cuando el empresario era consejero de la compañía aérea (entre noviembre de 2019 y noviembre de 2020) y mediaba para el cobro de una deuda de 200 millones de dólares que Air Europa tenía pendiente con el Gobierno de Venezuela, tarea por la que percibía 12.100 euros al mes.
Respecto a este asunto, el juez aludía a la reunión que mantuvo Ábalos el 16 de julio de 2019 con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a quien Aldama se refería como “el 1” y con la entonces vicepresidenta y ministra de Economía Nadia Calviño, “la de Hacienda”. Esa misma tarde, señalaba, estaba previsto que Aldama e Hidalgo “mantuvieran una reunión con Ábalos” dándose la circunstancia de que mientras los dos empresarios esperaban “Koldo informaba a Aldama” de que el ministro estaba reunido con “Nadia”. “Está en ello”, “lo está arreglando”, “es una máquina”, “solo funciona con presión”, le escribió sucesivamente a través de WhatsApp.
El TS debe suspender de funciones al Fiscal General del Estado. Es perentorio que se limpie, ya , la fiscalía. Este tío, imputado y al servicio de un gobierno, con su presidente a la cabeza, genocida y miserable, no puede estar al frente de la fiscalía. Está situación no puede seguir. Es insostenible
Lo de miserable…. pues igual sí, pero lo de genocida es que no lo pillo. El TS no tiene ninguna potestad para suspender de oficio a un cargo como el FGE. Igual después de un proceso judicial le condena a algo y a una inhabilitación como pena axcesoria, pero de momento…..